PCIJ INFORMA A LA COMISIÓN EUROPEA (Nota de prensa – comunicado)

La Plataforma acaba de mantener hoy 01/04/2025 una reunión vitual con los representantes de la Comisión Europea encargados de redactar el informe anual del Estado de Derecho. Se les ha hecho saber la gravedad de los ataques a la justicia española, entre ellos, las recientes manifestaciones de la vicepresidenta señora Montero sobre la presuncion de inocencia y las maniobras del presidente del Tribunal Constituciona, señor Conde Pumpido, para impedir a la Audiencia Provincial de Sevilla acudia al TJUE. También se ha insistido en que el Fiscal General del Estado está investigado por delitos corrupción relativos a una trama de delincuencia próxima al Ejecutivo Español. Sobre este particular se ha insistido en el peligro que supondría atribuir la investigación criminal a una Fiscalía que no fuese completamente independiente, en vez autónoma, máxime cuando en su cúpula se halla actualmente al frente de una persona sospechosa de criminalidad. Asimismo, se ha denunciado el intento de politizar el acceso a la carrera judicial desmantelando el sistema de oposiciones.  Finalmente, la Plataforma les ha comunicado los informes jurídicos que hemos redactado para llevar a cabo reformas legislativas que pongan fin a la sistémica corrupcion jurídica que nos amenaza. 

A continuación un resumen de la intervencion así como el enlace a las alegaciones escritas de la Plataforma.

Enlace a las alegaciones:

Resumen de la intervención oral:

yg1.- ¿Cómo valora la implementación de las recomendaciones del Informe sobre el Estado de Derecho de 2024 del Consejo del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado?

Valoración negativa pues lo cierto es que en 2024 la renovación del CGPJ se produjo, pero designándose formalmente por las Cortes Generales a los 20 vocales que habían propuesto los partidos políticos PSOE y PP (10 candidatos cada uno) con lo que se mantiene la elección por el poder político. Además, la adaptación del sistema de elección de los vocales judiciales a los estándares europeos (para que sean designados por sus pares) no se ha cumplido y la división del actual CGPJ en dos bloques, según el signo político del partido que ha propuesto a los vocales, dificulta el consenso para proponer una reforma de dicho sistema y para proceder al nombramiento de los que han de cubrir las numerosas vacantes existentes de altos cargos judiciales.
 
De hecho, el 5 de febrero, el CGPJ presentó un informe con dos propuestas de reforma del sistema de elección de los vocales judiciales, apoyada cada una por 10 vocales. Y están bloqueados varios nombramientos judiciales por la falta de consenso, y cuando éste se consigue es porque existe un reparto de dichos cargos entre las dos asociaciones judiciales que más posicionadas ideológicamente están (APM y JJPD) y que se encuentran sobrerrepresentadas en el nuevo CGPJ (pues de los 12 vocales judiciales, 7 son de APM y 4 de JJPD, siendo el otro vocal judicial no asociado).
 
Te paso las últimas actuaciones sobre esta cuestión:
Comunicado sobre el incumplimiento del CGPJ al no presentar una propuesta de reforma del sistema de elección:
Informe sobre alguno de los últimos nombramientos del CGPJ:
 
Respecto a la Fiscalía General del Estado, no tiene las garantías mínimas de independencia e imparcialidad, basando su actuación en la dependencia jerárquica y, concretamente respecto al Fiscal General, su relación con el Gobierno más allá de su nombramiento por éste.
Existe una fuerte politización de la institución, que se ha agravado en los últimos tiempos con la designación de quien fuera ministra de Justicia Dolores Delgado como Fiscal General del Estado, y su sustitución por su segundo, Álvaro García Ortiz, ambos pertenecientes a la asociación Unión Progresista de Fiscales.
 
Asimismo, es notorio y público el incondicional alineamiento del Fiscal General del Estado con el Gobierno, tanto en sus manifestaciones públicas sobre ciertos hechos mediáticos como a la hora de dar instrucciones a sus subordinados (por ej, en la aplicación de la ley de amnistía en todos los procesos, habiendo impedido al Consejo Fiscal que emitiera informe sobre el proyecto de ley de amnistía que había solicitado el Senado) e incluso entrando en batallas entre adversarios políticos en interés del Gobierno (lo que le ha llevado a ser imputado por revelación de secretos relacionados con la inspección y actuaciones que se estaban tratando con la pareja de una rival política del Gobierno, habiendo declarado ante el juez el 29 de enero de 2025).
La opinión pública y la ciudadanía perciben a la Fiscalía como una institución fuertemente vinculada al Gobierno, pues éste mismo considera a la Fiscalía como dependiente del Gobierno, que sigue sus instrucciones y criterios, como se ha visto en diversos asuntos mediáticos (así, en los procesos seguidos contra la esposa y hermano del presidente del Gobierno, a la hora de la aplicación de la ley de amnistía, etc).
A mayor abundamiento, el Ejecutivo, a través del grupo parlamentario que principalmente lo sustenta, está promoviendo reformas legislativas para que la Fiscalía monopolice el ejercicio de la acusación penal, eliminando la acción popular (que ha llevado a la investigación y enjuiciamiento de numerosos asuntos de corrupción política), y que la Fiscalía dirija la investigación criminal (en lugar de jueces que gozan de independencia e imparcialidad).
Al control del CGPJ y Fiscalía por el Ejecutivo y el partido político que principalmente lo sustenta, se añade el alineamiento incondicional de la mayoría de los miembros del TC (concretamente, 7 de los 12 miembros) a los intereses del partido político que los ha designado (el PSOE, a través del Gobierno o de las Cortes), lo que compromete gravemente la credibilidad de este órgano. Así se ha visto en recientes decisiones del TC en las que ha inadmitido o desestimado, en una gran mayoría, los recursos planteados por los Grupos Parlamentarios Popular y/o Vox contra ciertas leyes, habiéndose hecho visible la división en dos bloques a la hora de tomar las decisiones, según el signo político del partido que hubiera propuesto a cada magistrado, siendo el resultado habitual en las resoluciones, previsiblemente, de 7 miembros del TC catalogados dentro del sector progresista frente a 5 en el bloque conservador. Especialmente llamativas son las resoluciones del TC anulando condenas por prevaricación a dirigentes del PSOE, que ha llevado a la Audiencia Provincial de Sevilla a plantearse la formulación de cuestión prejudicial ante el TJUE al considerar que el TC se extralimitó en sus competencias, lo que el presidente del TC ha cuestionado e intenta dificultar. A este respecto, último comunicado de PCIJ: https://plataformaindependenciajudicial.es/2025/03/26/el-tribunal-constitucional-y-la-justicia-europea-comunicado-nota-de-prensa-de-la-pcij/
2.- El Consejo del Poder Judicial y las asociaciones de jueces han expresado su preocupación por las declaraciones públicas realizadas sobre miembros del poder judicial. ¿Podría proporcionar más información al respecto?
En España son continuos los intentos de determinados políticos y grupos de presión por desprestigiar al Poder Judicial y minar la confianza de la ciudadanía en la justicia, cuestionándose públicamente determinadas resoluciones judiciales con las que no se está conforme o que no satisfacen determinados intereses, sin aportar argumentación jurídica sino descalificaciones genéricas al tribunal o a la judicatura o personales a un juez o magistrado, incluso con acusaciones de prevaricación o publicidad sobre la vida personal y profesional de los jueces encargados de ciertas investigaciones, con el fin de amedrentarles y coartarles su libertad e independencia.
A primeros de octubre de 2024, el PSOE concedió a Junts y ERC la reactivación de dos comisiones de investigación en el Congreso sobre los atentados de Las Ramblas y Cambrils y la llamada Operación Cataluña. Con ellas, el independentismo pretende probar que los jueces incurrieron en lawfare en dichos casos.
Asimismo, se califica de forma generalizada a los miembros de la carrera judicial como de “derecha judicial” o “franquista”, obviando la realidad de una pluralidad ideológica de los jueces y magistrados y que el régimen franquista finalizó hace 50 años y ya no habrá jueces de entonces que sigan ejerciendo, o se manifiesta que los jueces hacen política o resuelven asuntos en momentos sensibles o inadecuados para algún grupo político, como si el ejercicio de la función jurisdiccional tuviera que supeditarse a los intereses y conveniencias políticas.
Precisamente los partidos que hacen estas manifestaciones son los que promueven el cambio de acceso a la carrera judicial (así, el grupo parlamentario SUMAR presentó una proposición de Ley en el Congreso el 31 de mayo de 2024 https://izquierdaunida.org/2024/05/31/enrique-santiago-presenta-una-profunda-reforma-del-sistema-de-acceso-a-la-carrera-judicial-para-mejorar-la-formacion-igualar-las-oportunidades-y-que-no-dependa-de-los-recursos-economicos/ y https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/B/BOCG-15-B-121-1.PDF  y el Consejo de Ministros ha aprobado el 21 de enero de 2025 un anteproyecto de ley en relación a las carreras judicial y fiscal https://www.mpr.gob.es/prencom/notas/Paginas/2025/210125-reforma-carreras-judicial-fiscal.aspx ).
Es exigible que las reformas propuestas no sean una excusa para politizar el acceso a la carrera judicial o fiscal, ya sea mediante el establecimiento de filtros ideológicos o la pérdida de objetividad en el proceso de selección. Tampoco debe, bajo ningún concepto, rebajarse el nivel de exigencia intelectual que exigen las actuales pruebas de acceso a las carreras judicial y fiscal, sin perjuicio de la adaptación del temario a la actualidad. El mérito y la capacidad, junto con la máxima objetividad y despolitización del acceso a las carrera judicial y fiscal son principios irrenunciables por los que habrá que velar.
El creciente descrédito de la función jurisdiccional de los Jueces y Tribunales a través de las opiniones vertidas por algunos ministros y diputados de diversas formaciones políticas conduce a dinamitar el modelo constitucional, situando a los jueces como un blanco político sin posibilidad de reacción ni defensa, incumpliéndose en estos casos las Recomendaciones de la Comisión (2010) 12 nº 18, 2016/1374, 2017/146 y 2017/1520, en el sentido de limitar las críticas que el poder ejecutivo y legislativo pueden realizar frente a decisiones judiciales, para no socavar la confianza del público en la justicia.
En nuestras aportaciones presentadas en enero dimos varios ejemplos de dichos ataques a jueces y resoluciones judiciales y, hace unos días, se han producido también ataques a una resolución judicial que primaba la presunción de inocencia frente al testimonio de una denunciante de agresión sexual, habiendo manifestado la vicepresidenta primera del Gobierno y la Ministra de Igualdad, de forma vehemente su defensa a que el testimonio de una mujer siempre debería prevalecer, aún en contra de dicho principio esencial en un Estado de Derecho.
Desde Plataforma, en febrero de 2024, hemos elaborado un manifiesto contra dichos ataques a la justicia y a los jueces y magistrados, en el que, entre otras cosas, demandamos un compromiso firme, por parte de todos los poderes públicos, con la independencia judicial y que cesen los intentos de manipulación partidista de la actuación jurisdiccional. Los esfuerzos del poder político deben ir dirigidos a la consecución de un Poder Judicial fuerte, imparcial e independiente. Aquí se puede acceder: https://plataformaindependenciajudicial.es/2024/02/10/manifiesto-por-la-independencia-delpoder-judicial-y-contra-el-asalto-a-la-justicia/
3.- ¿Cuál es su opinión sobre la participación de las partes interesadas en el proceso legislativo?
En estos últimos 5 años se ha hecho un uso excesivo por el Gobierno de los Decretos Leyes, instrumento legislativo pensado para casos de extraordinaria y urgente necesidad, pero que se ha aprobado incluso sin justificar la concurrencia de dichas circunstancias y metiendo en un mismo decreto ley materias muy diversas, limitándose su tramitación parlamentaria a su posterior convalidación por las Cortes, en las que el Ejecutivo consigue contar con el apoyo necesario para ello previa negociación e intercambio de intereses con otros grupos parlamentarios o incluso fuera de las Cortes con dirigentes de partidos políticos, lo que se traduce principalmente en el destino de dinero público a lo que éstos quieran, convirtiéndose en una forma de compra de votos.
Asimismo, se ha tendido a la tramitación urgente de determinadas reformas legislativaspara prescindir de trámites como consultas e informes previos de los sectores implicados y reducir los plazos de su tramitación. Un caso relevante fue la aprobación de la Ley Orgánica 4/2021 de 29 de marzo, por la que se limitan las funciones del CGPJ con mandato prorrogado, y de la Ley Orgánica 8/2022 de 27 de julio, por la que se devolvió al CGPJ la facultad de nombrar a magistrados del TC fijando un plazo para su ejercicio, que se aprobaron  por el procedimiento de urgencia en apenas 3 meses y 1 mes, respectivamente, habilitándose un período habitualmente inhábil y sin contar con los informes del propio CGPJ (que lo solicitó y se le denegó) ni de la Comisión de Venecia, en contra de las propias recomendaciones que se han ido realizando por distintos representantes e instituciones europeas para poder llevar a cabo cualquier reforma del poder judicial. También se ha seguido dicha tramitación con la denominada Ley de Amnistía y con la Ley de eficiencia del sector público de Justicia.
El propio Consejo de Estado emitió recientemente un dictamen en el que advierte de urgencias injustificadas que afectan a la calidad de las leyes y al control de legalidad y constitucionalidad y avisa de garantías que se resienten, calificando la actuación del Gobierno de dislate próximo al fraude de ley que podría infringir el derecho de la UE: https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/informe-consejo-estado-alerta-chapuzas-legislativas-gobierno.html
 
A este respecto, desde PCIJ consideramos que se debe mejorar la calidad y técnica legislativa y tramitación de las normas con la debida publicidad y transparencia, cumpliéndose los procedimientos legalmente previstos.
La Constitución garantiza en el artículo 9.3 el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Asimismo, el art. 117.1 prevé que los jueces y magistrados están sometidos únicamente al imperio de la ley. La seguridad jurídica, que la ley se aplique pronta, justa y eficazmente, en igualdad de condiciones para todos los miembros de una sociedad, es un principio que se basa en el imperio de la ley.
Para ello, las normas deben ser claras y tramitarse con la debida publicidad y transparencia. Deben cumplirse los procedimientos legalmente previstos, sin incurrir en fraudes de ley, reducción de plazos o tramitación urgente cuando no concurran causas debidamente justificadas para ello. Y debe otorgarse trámite de audiencia a todos los agentes que deben aplicarlas y a los sectores afectados por las mismas, que son los que conocen plenamente los aspectos a regular, a fin de que sean de mayor calidad y para facilitar su aplicación y cumplimiento, evitando lagunas e interpretaciones que llevan precisamente al surgimiento de conflictos o a resultados indeseados. Los informes emitidos deberán ser de acceso público. Asimismo, toda norma debe ser aprobada con su correspondiente memoria económica y estimación presupuestaria también aprobada, seguida de una posterior evaluación sobre su aplicación y resultado, que permita valorar posibles modificaciones y mejoras.
4.- ¿Ha emprendido alguna iniciativa relevante para promover la cultura del Estado de derecho en España?
PCIJ es pionera en denunciar ante las instancias internacionales y europeas los ataques a la independencia judicial en España por la vía de los nombramientos
discrecionales de altas instancias judiciales y vocales del CGPJ y por la vía de ciertas reformas legislativas que pretenden una limitación de las funciones del CGPJ o el control del Poder Judicial o del TC. Asimismo, realizamos comunicados y jornadas sobre dichas cuestiones sobre temas de actualidad conexos a nuestros fines. Muestra de nuestra incesante actividad son las numerosas publicaciones en nuestra web: https://plataformaindependenciajudicial.es/publicaciones/
En este último año, PCIJ ha continuado con la defensa de la Independencia Judicial del Estado español ante las instancias europeas:
 
  • Frente a la proposición de ley orgánica denominada “de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas”, registrada por el grupo parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados en enero de 2025 y que realmente vacía de contenido la acción popular reconocida en el artículo 125 de la Constitución Española, amenazando el derecho de participación de los ciudadanos en la justicia, supone una descalificación general de las informaciones periodísticas al equipararlas a las hipótesis sin fundamento de credibilidad, lo que supone una preocupante desconfianza ante la libertad de prensa, pretende cercenar la libertad de expresión de los magistrados, y pretende la aplicación de la reforma a los procesos judiciales en curso en el momento de la entrada en vigor de la misma, con el fin de influir indebidamente en instrucciones penales en curso, muy especialmente en casos de corrupción que afectan al entorno familiar y político del actual Presidente del Gobierno y al actual Fiscal General del Estado, lo que revela su carácter. Enlace a la denuncia: https://plataformaindependenciajudicial.es/2025/01/12/denuncia-a-la-comision-europea-proposicion-l-o-100125/
Asimismo, desde Plataforma, en febrero de 2024, hemos elaborado un manifiesto en defensa de la independencia judicial y contra los ataques a diversos jueces y magistrados, en el que, entre otras cosas, hacemos un llamamiento a los ciudadanos, convocando a la sociedad a mantenerse vigilante ante cualquier acción que amenace la independencia de la justicia, en aras de preservar la integridad de nuestro Estado de Derecho. Aquí se puede acceder: https://plataformaindependenciajudicial.es/2024/02/10/manifiesto-por-la-independencia-del-poder-judicial-y-contra-el-asalto-a-la-justicia/
5.- ¿Hay algún problema o avance específico relacionado con la situación del Estado de derecho en España que le gustaría destacar?
  • La aprobación de la amnistía de diversos delitos, incluso de malversación y terrorismo, relacionados con el proceso independentista catalán, mediante ley aprobada por trámite de urgencia por mayoría de Congreso y con veto del Senado, sin previa reforma constitucional y con informes contrarios del CGPJ, Comisión de Venecia, Letrados de la Comisión de Justicia del Congreso y Letrados del Senado y con la oposición de diversos colectivos, especialmente del mundo jurídico.
  • La actual regulación de los aforamientos y de los indultos presenta graves disfunciones.
  • En el caso de los aforamientos, una es la eventual violación del derecho fundamental al juez predeterminado por la ley. Asimismo, la pérdida o la adquisición de la cualidad de aforado, circunstancia hasta cierto punto dependiente de factores extraprocesales y aun extrajurídicos, altera la competencia objetiva y, por ende, supone un cambio de tribunal. La solución pasa por una reinterpretación de la normativa vigente que, al conjugar el principio de legalidad y la perpetuatio iurisdicionis, permita fijar la competencia del órgano jurisdiccional legalmente predeterminado en el momento en que se cometió el hecho punible que vaya a ser enjuiciado. Todo ello sin perjuicio de una completa revisión de los aforamientos.
  • Respecto a los indultos, urge la reforma de la normativa que los regula para impedir la arbitrariedad y su utilización con fines políticos y partidistas. El indulto deber ser aplicado únicamente en casos excepcionales, nunca en casos de corrupción política y, en todo caso, de forma motivada, basada en informes técnicos y con el criterio favorable del tribunal sentenciador. De este modo, se introducirían criterios de seguridad jurídica más respetuosos con el Estado de Derecho.
  • Para más información, véase el reciente informe elaborado por Plataforma: https://plataformaindependenciajudicial.es/2024/12/03/informe-sobre-el-indulto-pcij/
  • – En España, la administración de justicia es ineficiente, siendo insuficientes los medios personales, materiales y estructurales que se destinan a dicho servicio público y resultando urgente la implantación de mejoras a distintos niveles (de demarcación y planta judicial, organizativo y de gestión, tecnológico y procedimental) de forma consensuada con todos los agentes intervinientes, en lugar de promover reformas legislativas sin debate técnico adecuado y de implementación inviable como es la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
  • Dicha Ley introduce, como novedades más importantes, la desaparición de los juzgados y la definitiva desconexión entre la oficina judicial y los jueces. Dicha reforma encierra el peligro de atentar contra la independencia judicial, pues inserta a los magistrados dentro de estructuras administrativas más vulnerables a injerencias de toda índole, además de imponer criterios de homogenización jurídica incompatibles con el libre ejercicio de la facultad decisoria judicial. Además, obvia el problema de fondo, esto es, la escasa inversión en justicia, en tanto que permite compensar indebidamente la insuficiencia de medios con un sobresfuerzo de nuestros magistrados, al aumentarles su carga de trabajo.
  • Como alternativa, desde Plataforma proponemos una flexibilización en la dotación de recursos personales en los órganos jurisdiccionales, de tal modo que sea factible aumentar el número de jueces que sirvan en un mismo destino, pero sin suprimir los juzgados ni tampoco crear en todos los casos con carácter necesario nuevas oficinas judiciales. Finalmente, se señalan como complementos indispensables la implantación de la carrera horizontal y de nuevos cauces de democratización en la judicatura.
  • Para más información, véase el reciente informe elaborado por Plataforma: https://plataformaindependenciajudicial.es/2024/11/24/ley-eficiencia-justicia-informe-de-la-plataforma/
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  • Asimismo, cabe destacar que la provisión de plazas para la carrera judicial y fiscal prevista para el año 2025 (120 y 80 plazas, respectivamente) resulta tan insuficiente que corremos el riesgo de una crisis del sistema judicial, a la vista de las jubilaciones masivas que se producirán en los próximos años.
  • Recordemos, tal como publicaba el Consejo de Europa en su informe de 2024, que el número de jueces en España por cada 100.000 habitantes continúa siendo “significativamente inferior” a la media del conjunto de Europa, con 11,92 en comparación con 17,43. La falta de medios materiales y humanos repercute en retrasos que afectan a la tutela judicial efectiva, pues una justicia tardía equivale a menudo a una injusticia. Pero los efectos lesivos no se circunscriben a las libertades ciudadanas, sino que la propia economía está comprometida, dado que la seguridad jurídica es prerrequisito del funcionamiento eficiente de los mercados.
  • Por ello, la Plataforma hace un llamamiento para acabar con la crónica infradotación de medios de nuestra justicia, ya que no solo están en juego las libertades ciudadanas, sino la propiedad seguridad del tráfico mercantil y, con ella, la estabilidad económica.

 

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