SOLICITUD DE AUXILIO AL PODER LEGISLATIVO

Ante la grave amenaza que se cierne contra el orden constitucional la Plataforma pide ayuda a los grupos parlamentarios para que ellos mismos acudan directamente ante las instituciones europeas y así el Poder Legislativo actué como salvaguarda de nuestra democracia.  A continuación se incluye el texto íntegro de la petición. 

El Poder Ejecutivo, en connivencia con algunos partidos políticos, está en trance de consumar gravísimos ataques contra la independencia judicial que ponen en peligro el régimen de libertades de nuestro país. Así, se está tramitando en el Congreso de los Diputados la restricción de las competencias del máximo órgano rector de la judicatura, el Consejo General del Poder Judicial, precisamente durante aquellos períodos en que se encuentre en funciones; también, está en curso la reducción de las mayorías parlamentarias para la elección de sus miembros, que pasarían de tres quintos a una mayoría simple. Todo ello con omisión del preceptivo trámite de audiencia que debe otorgarse a todos los sectores implicados.

Como quiera que tales maniobras suponen contravenir los principios sentados por altas instancias supranacionales, tanto de la Unión Europea como del Consejo de Europa, solicitamos de los grupos parlamentarios que pidan una intervención urgente de las autoridades internacionales para evitar que se consume dicha violación, ya sea acudiendo a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo, a la Comisión de Venecia, al Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) o a cualesquiera otros organismos.

Confiamos en que el Poder Legislativo, supremo representante de la soberanía nacional, tome la iniciativa que constitucionalmente le corresponde para evitar los abusos procedentes del Poder Ejecutivo y de otros entes y, de este modo, actúe como garante de la separación de poderes.

  Dicha pretensión se fundamenta en el siguiente informe jurídico:

Necesaria petición de informe a la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia-Consejo de Europa) en la tramitación de las dos reformas legislativas en materia de poder judicial.

 

Al respecto, Plataforma Cívica por la Independencia Judicial INFORMA:

 

El Gobierno de España, a través de los grupos parlamentarios que principalmente le sustentan, actuando en sentido opuesto a la normativa europea en materia de independencia judicial y recomendaciones del Consejo de Europa, ha iniciado una serie de reformas legislativas estructurales de una gran envergadura y que suponen un verdadero asalto a la independencia del poder judicial, ya gravemente deficitaria en nuestro país.

Estas reformas legislativas que se encuentran en trámite son las siguientes:

1.- Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones. Proposición de ley que impedirá el nombramiento de altos cargos judiciales por el CGPJ cuando se encuentre en funciones.

https://www.congreso.es/web/guest/proposiciones-de-ley?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XIV&_iniciativas_id=122%2F000109

2.- Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial para la reforma del procedimiento de elección de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial correspondiente al turno judicial y para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al CGPJ en funciones.

Proposición de ley que modifica la designación de los doce vocales de procedencia judicial del CGPJ, reduciendo la mayoría cualificada de tres quintos de las cámaras legislativas a la simple exigencia de una mayoría absoluta.

https://www.congreso.es/web/guest/proposiciones-de-ley?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XIV&_iniciativas_id=122%2F000090

 

Todas estas reformas legislativas están siendo objeto de tramitación de forma urgente, omitiéndose el preceptivo trámite de audiencia que debe otorgarse a todos los sectores implicados (CGPJ, Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia-Consejo de Europa), asociaciones judiciales, fiscales, sindicatos de la Administración de Justicia, Comunidades Autónomas…). Dicho trámite previo de audiencia resulta preceptivo según lo expresamente indicado en la jurisprudencia del TJUE y en las recomendaciones de la Comisión Europea 2017/1520 y 2018/103.

En este sentido se pronunció el Pleno del CGPJ en fecha 17/12/2020, al llevarse a cabo dichas tramitaciones sin los preceptivos informes y audiencias: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-Pleno-del-CGPJ-acuerda-pedir-al-Congreso-que-le-solicite-informe-sobre-la-proposicion-de-ley-del-PSOE-y-Unidas-Podemos-para-la-reforma-de-la-LOPJ

Ha habido diversas comunicaciones expresas por parte del Comisario de Justicia, Sr. Didier Reynders, manifestando la necesidad de recabar informes favorables previos de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia-Consejo de Europa); no habiéndose solicitado por el Estado español en ninguna de las reformas legislativas en trámite. https://www.abc.es/espana/abci-bruselas-advierte-politizacion-amenaza-cgpj-202012100215_noticia.html

A pesar de ello, se adoptó Acuerdo por la Mesa de Congreso de los Diputados de fecha 13-01-2021 en el que, desoyéndose tales recomendaciones del Comisario europeo y la petición del Pleno del CGPJ, se acordó tramitar la primera de las iniciativas legislativas referidas por el procedimiento de urgencia, sin recabar informe alguno e incluso habilitando un plazo para la presentación de enmiendas fuera del período ordinario de sesiones de la Cámara: https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/B/BOCG-14-B-137-3.PDF#page=1

Dicho acuerdo fue objeto de la oportuna denuncia por parte de Plataforma Cívica por la Independencia Judicial a la Comisión y Parlamento Europeo, ante esta flagrante vulneración de la legalidad comunitaria. https://plataformaindependenciajudicial.es/2021/01/14/la-plataforma-acude-a-europa/

 

Según lo establecido en el artículo 3.2. del Estatuto Refundido de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, resolución 27 de febrero de 2002, CDL (2002), en materia de legitimación activa, podrán solicitar informes a la Comisión de Venecia: el Gobierno de los Estados miembros, las Cámaras Parlamentarias de los Estados; así como las Asambleas Parlamentarias Europeas (Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y Parlamento Europeo, al conseguir el apoyo mayoritario en la correspondiente Comisión). https://www.venice.coe.int/WebForms/documents/?pdf=CDL(2002)027-e&lang=EN

La promoción de dicho procedimiento de consulta a la Comisión de Venecia, así como a otros sectores implicados, resulta de interés para la defensa de la independencia judicial en España y exigible conforme a la propia normativa comunitaria, existiendo numerosas resoluciones y doctrina consolidada de la Comisión de Venecia, acerca del bloqueo en la renovación de los Consejos Nacionales del Poder Judicial y del nombramiento de los vocales que integran dicho órgano de gobierno, que van en sentido contrario al contenido de las reformas en trámite en España.

 

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