MÁS ALLÁ DEL CORONAVIRUS: TELETRABAJO JUDICIAL

 

Tras la toma de conciencia por la expansión del coronavirus, la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial llama a los responsables políticos a realizar una reforma de nuestras leyes procesales para potenciar el teletrabajo de forma permanente y no meramente coyuntural, de manera que la Administración de Justicia aumente su eficacia. Se trata de suprimir el presentismo innecesario en sedes judiciales y de facilitar que se concilie mejor la vida familiar y laboral de todos los profesionales de la justicia.

Texto del comunicado

                Los juzgados y tribunales de nuestro país vienen soportando un lastre histórico que los aferra a formas de trabajo arcaicas cada vez más ineficaces. Así, se practica un “presentismo”, que obliga a los profesionales de la administración de justicia a desplazarse de forma innecesaria a las sedes judiciales sin que ello redunde en un aumento de la productividad ni en una mejora de la calidad del servicio; antes bien, acarrea un derroche de recursos personales que, además, dificulta sobremanera la conciliación de la vida familiar.

La reciente crisis producida por la expansión del llamado coronavirus ha supuesto para muchos una brusca toma de conciencia de tales deficiencias. Sin embargo, estos problemas no son fruto de una emergencia transitoria, sino que obedecen a anomalías estructurales. Por tanto, ha llegado el momento de aprovechar a fondo las ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías y de actualizar nuestras normas y usos forenses.

En concreto, tanto jueces como letrados de la administración de justicia, fiscales, funcionarios de la oficina judicial, médicos forenses, peritos, abogados, procuradores y otros profesionales judiciales deben ser facultados para no acudir a las sedes judiciales siempre que sea factible suplir su presencia física sin merma de garantías procesales merced a los siguientes criterios:

  1. Flexibilización en los horarios de atención al público, de modo que no sea necesario asistir a la sede judicial aquellos días en los que no haya vistas señaladas u otras actuaciones procesales que requieran inmediación.
  2. Potenciación de las comunicaciones telemáticas del juez con la oficia judicial para que la dación de cuenta y el despacho con los funcionarios se haga a través del correo electrónico u otros medios seguros de intercambio de información, inclusive el uso de las líneas telefónicas, cuando así se considere conveniente.
  3. Asistencia remota a las vistas mediante videoconferencia u otros mecanismos seguros de transmisión de la imagen y del sonido.

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial se dirige a los grupos parlamentarios, asociaciones judiciales y fiscales, así como a otros colectivos profesionales en contacto con la Administración de Justicia, para que promuevan las reformas que permitan positivar tales principios. Máxime cuando algunos de ellos ya se vienen desarrollando con nuevas aplicaciones informáticas de comunicación y de transmisión de documentos, si bien de forma fragmentaria y sin que se optimice su potencial. Se trata, simplemente, de atreverse a innovar.

 

 

 

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