PARLAMENTO EUROPEO: TERCERA PETICIÓN DE LA PLATAFORMA

COMPLEMENTO PETICIÓN 353/2021

Resumen de la petición:

El CGPJ se ha convertido en rehén del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de los partidos políticos, teniendo limitadas sus funciones, y el problema del control político del CGPJ se agrava porque también son máximos los intentos por influir políticamente en la designación de miembros del Tribunal Constitucional y, en consecuencia, en el sentido de sus resoluciones. Lamentablemente, todo ello forma parte de una campaña más amplia de ataque al sistema institucional actual, con absoluto desprecio a principios básicos del Estado de Derecho y a la normativa y jurisprudencia europeas, para lograr el sometimiento de la Justicia a la política, para evitar los necesarios controles a la actuación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y para acabar con el sistema de contrapesos democráticos.

Texto íntegro de la petición:

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial ya formuló en marzo de 2021 una petición, tramitada con el nº 353/2021 y ampliada y defendida ante la Comisión de Peticiones en julio de 2021, en relación a la reforma legislativa operada por Ley Orgánica 4/2021 de 29 de marzo, por la que se limitan las funciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando se encuentre con mandato prorrogado (como se encuentra actualmente desde diciembre de 2018), impidiendo, entre otras facultades, que pueda realizar nombramientos de altos cargos judiciales (como de los magistrados que resuelvan procedimientos que se insten contra aforados), que parece ser es lo que más interesa a los que aprobaron dicha reforma (poder influir en dichos nombramientos discrecionales), lo que refleja el verdadero y limitado interés que despierta el CGPJ en algunos partidos políticos.

En el día a día, la actual situación de interinidad del CGPJ, a pesar de ser excepcional y una situación irregular, lo cierto es que no afectaría si no fuera por la limitación de funciones que se aprobó por dicha Ley Orgánica 4/2021 de 29 marzo de 2021, que impide que se estén cubriendo plazas judiciales vacantes, llevando a Salas y Tribunales desbordados y colapsados al no contar con plazas cubiertas y no poder asumir el trabajo existente, lo que lleva a mayor retraso en la resolución de asuntos, afectando a la tutela judicial efectiva de los justiciables y al derecho de toda persona a tener un juicio justo en un plazo razonable.

Como expusimos en nuestros escritos de marzo y julio de 2021, dicha Ley Orgánica 4/2021 de 29 de marzo, se aprobó por el procedimiento de urgencia en apenas tres meses, habilitándose un período parlamentario habitualmente inhábil y sin contar con los informes del propio CGPJ (que lo solicitó y se le denegó) ni de la Comisión de Venecia, en contra de las propias recomendaciones que se han ido realizando por distintos representantes e instituciones europeas (como el Comisario de Justicia Didier Reynders, Comisión de Venecia y GRECO y recomendaciones de la Comisión Europea 2017/1520 y 2018/103) para poder llevar a cabo cualquier reforma del poder judicial.

Paradójicamente, de los dos recursos de inconstitucionalidad interpuestos en 2021 contra dicha Ley Orgánica 4/2021 y admitidos a trámite por sendas Providencias de 16 de septiembre de 2021 del Pleno del Tribunal Constitucional[1], sólo se ha resuelto el interpuesto por los diputados del Grupo Parlamentario Vox, desestimándose por Sentencia 128/2023 de 2 de octubre[2], apoyada por siete de los once magistrados del TC (los denominados del sector “progresista”, dada su elección por el Gobierno actual, el Partido Socialista y afines), habiendo formulado voto particular los otros cuatro miembros (denominados del sector “conservador”, dada su elección por el Partido Popular y afines). El recurso interpuesto por los diputados del Grupo Parlamentario Popular se encuentra todavía pendiente de resolución, a pesar de haberse admitido a trámite el mismo día que el ya resuelto.

Tras esta Sentencia, queda claro que el CGPJ se ha convertido en rehén del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de los partidos políticos, pues está a merced de lo que todos ellos decidan sobre su renovación o no y sobre las funciones que puede o no ejercer en cada momento, siendo máximos los intentos por influir políticamente en la designación de vocales del CGPJ, ya sea limitando sus funciones para presionar a que se produzca su renovación, ya sea promoviendo reformas legislativas para reducir las mayorías necesarias para renovarlo (reforma intentada en 2021 pero que no llegó a aprobarse tras las llamadas de atención de la Comisión Europea, si bien pretende reactivarse nuevamente dicha reforma, incluso atribuyendo la designación de 16 vocales del CGPJ al Congreso, donde el actual Gobierno en funciones tiene mayores apoyos, dejando la designación de únicamente 4 vocales al Senado, donde existe mayoría absoluta de la oposición al Gobierno en funciones, en lugar de mantener el sistema actual de nombramiento de 10 vocales por cada Cámara legislativa).

El problema del control político del CGPJ se agrava porque también son máximos los intentos por influir políticamente en la designación de miembros del Tribunal Constitucional y, en consecuencia, en el sentido de sus resoluciones.

Como es notorio y público, y ya denunciamos en escritos de 25 de junio, 1 de diciembre y 19 de diciembre de 2022, el Tribunal Constitucional es un órgano también fuertemente politizado, pues sus 12 miembros son designados por las Cortes Generales, por el Gobierno y por el CGPJ (recordemos, elegido formalmente por aquéllas aunque de hecho por el Gobierno y el principal partido de la oposición).

Precisamente, las prisas en la reciente renovación del TC realizada a finales de diciembre de 2022, recayendo dos de los cuatro nuevos nombramientos en personas estrechamente vinculadas con el Gobierno que los designó (un ex ministro de justicia y una ex alto cargo del ministerio de la presidencia) y los otros dos nombramientos en dos magistrados designados por el CGPJ tras fuertes presiones y continuos bloqueos que influyeron en la designación final realizada, y la decisión del nuevo presidente del TC, el candidato públicamente preferido por el Gobierno de Pedro Sánchez y que fue Fiscal General del Estado con un Gobierno del mismo signo, de resolver ciertos asuntos que estaban pendientes en el TC desde hace muchos años, de importante calado ideológico, auguran la pretensión del Gobierno de Pedro Sánchez de obtener pronunciamientos del TC favorables a sus intereses y los de su ideología. Así se ha visto en recientes decisiones del TC en las que ha desestimado los recursos planteados por los Grupos Parlamentarios Popular y/o Vox contra la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la denominada Ley Celaá (de educación) y la ley reguladora de la eutanasia.

Es evidente la falta de contrapesos que supone que dicho Tribunal Constitucional, politizado, decida sobre la constitucionalidad o no de las normas aprobadas por el Gobierno que parcialmente lo ha designado y convalidadas por las Cortes en las que el Ejecutivo tiene mayoría o aprobadas directamente por éstas.

A este respecto, hay que tener en cuenta que, aunque el TC no se integre formalmente en el Poder Judicial, las exigencias de imparcialidad e independencia del mismo son equivalentes, por lo que sus resoluciones serían susceptibles de recursos ante el TEDH, por la falta de independencia del Legislativo y Ejecutivo. A este respecto, el TEDH (en Sentencia de 7 de mayo de 2021, asunto 4907/18, Xero Flor) ha declarado aplicable la garantía a un tribunal independiente e imparcial del art. 6 del CEDH a los tribunales constitucionales nacionales.

Todo lo descrito constituye un ataque a la separación de poderes, al existir un control político del máximo intérprete de la Constitución y del órgano de gobierno de los jueces y, lamentablemente, forma parte de una campaña más amplia de ataque al sistema institucional actual, con absoluto desprecio a principios básicos del Estado de Derecho y a la normativa y jurisprudencia europeas, para lograr el sometimiento de la Justicia a la política, para evitar los necesarios controles a la actuación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y para acabar con el sistema de contrapesos democráticos.

Es por ello que reiteramos se adopten las medidas que solicitábamos en nuestros diversos escritos que forman parte de la Petición nº 353/2021.

Confiamos en que desde las instancias europeas se actúe como garante de la separación de poderes, Estado de Derecho e independencia judicial en España.

En Bruselas, a 24 de octubre de 2023.

Jesús Villegas Fernández

Secretario General Plataforma Cívica por la Independencia Judicial

[1] Según consta en el BOE nº 227 de 22 de septiembre de 2021, https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-15304 y https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-15305

[2] Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional nº 128/2023 de 2 de octubre https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2023_077/STC%20RI%202379-2021%20Y%20VOTO.pdf y nota informativa de dicha sentencia: https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2023_077/NOTA%20INFORMATIVA%20N%C2%BA%2077-2023.pdf

 

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