De la hipocresía al cinismo: carta a la presidencia del Congreso de los Diputados y del Senado

Resumen de la carta

La Plataforma se dirige a la presidencia del Congreso de los Diputados y del Senado para que, en vez de mantener una actitud pasiva, sumisa a la disciplina de voto, intente dentro del ámbito de sus competencias evitar que España siga estando al margen de la legalidad constitucional e internacional al mantener un sistema de gobierno del poder judicial contrario a la separación de poderes, máxime cuando el Estado Español asumirá próximamente la presidencia de la Unión Europea. La reciente ruptura de las negociaciones para la renovación del CGPJ escenifica el paso de la hipocresía al cinismo.

Excelentísima señora Presidenta del Congreso de los Diputados y excelentísimo señor Presidente del Senado

Texto íntegro de la carta

Ayer asistimos a la enésima escenificación de un espectáculo bochornoso: los dirigentes de los principales partidos políticos anunciaron la ruptura de las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial. Y no por motivos de legalidad del sistema de designación, mérito o capacidad de los candidatos, sino simplemente por ser incapaces de cerrar un paquete de cambios e intercambios, cesiones y concesiones, que nada tiene que ver con el respeto a la independencia judicial.

Por eso, desde Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, asociación de carácter transversal que agrupa a ciudadanos de distintos colectivos del ámbito jurídico y ajenos a él, queremos compartir con Ud. nuestra preocupación por el intenso ataque al sistema institucional vigente al que estamos asistiendo, con desprecio absoluto a principios básicos como el de separación de poderes, siendo máximos los intentos por influir políticamente en la designación de miembros del Tribunal Constitucional y de vocales del CGPJ y por acabar con el sistema de contrapesos democráticos.

Como bien conoce, pues es público y notorio, y se ha venido realizando desde hace décadas, se están llevando a cabo negociaciones para dicha elección por representantes del Gobierno y de dos partidos políticos (PSOE y PP) al margen de los grupos parlamentarios y de las Cortes Generales, a pesar de que según la actual normativa, corresponde a cada Cámara (Congreso y Senado) y por tanto al conjunto de grupos parlamentarios, la efectiva elección de 10 vocales del CGPJ por una mayoría de 3/5 de sus miembros, y que las presidencias de ambos órganos correspondería designarlas a sus respectivos miembros, no a dichos partidos políticos y al Ejecutivo.

Sorprendentemente, esto ocurre ante la pasividad de las Presidencias de ambas Cámaras (incumpliendo el artículo 568.1 LOPJ) y con la colaboración de los diputados y senadores, cuyo papel se limita a cumplir con la disciplina de voto impuesta por su respectivo partido.

Hay quienes consideran que el TC y el CGPJ deben ser expresión de la pluralidad de fuerzas políticas con representación en las Cortes Generales, pero es que dichos órganos deben ser independientes del Poder Ejecutivo y del Legislativo a fin de que puedan cumplir sus funciones con autonomía, imparcialidad e independencia y que queden garantizados en España el Estado de Derecho y la separación de poderes, uno de los valores en que se fundamenta la Unión Europea y que deben cumplir sus Estados miembros, según los artículos 2 y 7 del TUE.

En este sentido, como sabrá, la Sentencia del TC 108/1986, de 29 de julio fue clara. Estableció que el actual sistema de elección de vocales del CGPJ era constitucional, pero siempre que Congreso y Senado eligiesen los vocales atendiendo a criterios distintos de la fuerza parlamentaria de cada partido. Precisamente, estamos viendo que esto no se cumple.

Además, como le consta, desde diversos órganos europeos (como GRECO y Comisión Europea) se ha recomendado se ponga fin al reparto político de dichos cargos y se modifique el sistema de elección de vocales judiciales del CGPJ para que sean elegidos por sus pares.

Lamentablemente, la consecuencia de la designación politizada del CGPJ es la contaminación de la arquitectura judicial española en su cúpula, dado que el CGPJ es el encargado de designar las más altas instituciones judiciales del país, tales como el Tribunal Supremo o las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia regionales y de las Audiencias Provinciales. Ello afecta a la apariencia de independencia judicial y a la confianza de los ciudadanos en la justicia y en las instituciones.

A este respecto, el TJUE y el TEDH vienen declarando reiteradamente que la designación política de un tribunal puede afectar a la validez de sus resoluciones, declarando vulnerado el derecho a un juez independiente e imparcial previsto en art. 19 del Tratado de la Unión Europea, art. 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (sentencias TJUE de 19 de noviembre de 2019, asuntos acumulados C-585/18, C-624/18 y C-625/18; y dde 2 de marzo de 2021, C-824/18; sentencias TEDH de 22 de julio de 2021 – Reczkowicz, de 8 de noviembre de 2021 – Dolińska-Ficek and Ozimek y de 3 de febrero de 2022 – Advance Pharma). Y el TEDH ha declarado aplicable la garantía a un tribunal independiente e imparcial del art. 6 CEDH a los tribunales constitucionales (sentencia de 7 de mayo de 2021, asunto 4907/18, Xero Flor).

Por tanto, de persistir en la designación politizada de dichos órganos, podemos empezar a encontrarnos de manera inminente con decisiones europeas que coloquen a la justicia española en una situación insostenible, cuestionando la legitimidad de dichos órganos politizados y sus resoluciones.

Por todo ello, se impone una reforma del sistema de nombramientos de los miembros del TC y del CGPJ para adaptar nuestra normativa a los estándares internacionales, debiendo abstenerse los partidos políticos de intervenir en cualquier fase de dicho proceso y, en todo caso, al menos la mitad de los vocales del CGPJ deben ser nombrados por los propios jueces. Asimismo, la separación de poderes necesita que el sistema de nombramiento de las altas instancias judiciales se objetive con mayor intensidad sometiendo a estrictas reglas de control la discrecionalidad.

En cualquier caso, debemos recordarle que (como argumentamos en informe https://plataformaindependenciajudicial.es/2022/05/19/informe-sobre-la-renovacion-del-consejo-general-del-poder-judicial/ ) el proceso de renovación iniciado en 2018 está caducado al haberse disuelto las Cortes Generales en septiembre de 2019 y que el Presidente del CGPJ debería iniciar un nuevo proceso de proclamación de candidatos con la apertura de un plazo para la presentación de candidaturas, a fin de que en la designación de los vocales del turno judicial puedan tenerse en cuenta las actuales circunstancias de la carrera judicial (número de afiliados a cada Asociación Judicial y de no afiliados y la situación y categoría actual de cada posible candidato, habiendo cambiado la de muchos de los candidatos que se presentaron en 2018) y puedan participar en dicho proceso los jueces de las tres últimas promociones que se han incorporado a la carrera en estos últimos cuatro años, además de todos los jueces y magistrados que así lo deseen.

De procederse a la renovación del CGPJ con el vigente sistema de elección y el procedimiento iniciado en 2018, se derivarían importantes consecuencias jurídicas que se analizan en el siguiente informe https://plataformaindependenciajudicial.es/2021/10/26/renovacion-cgpj-riesgos-juridicos/ .

Y no debe olvidarse que, como ya manifestó el Comisario Reynders, España no puede asumir la presidencia de la Unión Europea en julio de 2023 incumpliendo las recomendaciones de la Comisión Europea, entre las que se encuentra la reforma del sistema de elección de vocales del CGPJ para permitir que los jueces puedan elegir a los vocales del turno judicial.

Por todo ello, desde Plataforma Cívica por la Independencia Judicial apelamos a que Ud. como autoridad del Estado y representante de una Cámara legislativa, tome la iniciativa que constitucional y legalmente le corresponde y adopte las medidas oportunas para que se cumplan en España todas las recomendaciones y normas que garantizan la independencia de órganos como el CGPJ y el TC, la separación de poderes y el Estado de Derecho. Confiamos en que así lo haga.

En Madrid, a 26 de octubre de 2022.

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