INFORME GENERAL PLATAFORMA 2016-2018
La actual junta directiva de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial fue elegida en octubre del año 2016 por lo que, dos años después, llega el término estatutariamente marcado para su renovación.
Durante este periodo la actividad ha sido incesante: veinticinco comunicados emitidos por su junta directiva; una docena de informes técnicos, entre ellos, los prestigiosos dictámenes sobre nombramientos de altos cargos judiciales a los que hay que agregar los relativos a las comisiones de servicio o carrera horizontal; y, no menos importante, un estudio sobre el riesgo que el soberanismo catalán entraña para la independencia judicial, a cuya elaboración contribuyeron prestigiosos académicos, incluso provenientes de la Europa del Este. También se han organizado una veintena de actos públicos entre coloquios, entrevistas, conferencias, etc. Todo ello sin olvidar las reclamaciones presentadas ante el Consejo de Europa en un asunto tan polémico como el conocido como caso “Manada”, a la cual se han adherido más de 750 miembros de la carrera judicial; o las propuestas en materia de ética judicial, cuyo comité fue elegido aceptando clásica exigencia de la Plataforma de democratizar la magistratura conforme al principio “un juez, un voto”.
Por otro lado, la Plataforma ha fomentado su presencia en medios de comunicación y redes sociales, desarrollando el conocido como “Canal Judicial”, cuyo video inaugural llevó a convertirse en viral, con más de 25.000 vistas. Asimismo, altos representantes de la Plataforma han sido recibidos en el Ministerio Justicia y convocados ante las cámaras parlamentarias para exponer su opinión en calidad de expertos sobre materias que han venido siendo objeto de nuestro estudio.
Es significativo resaltar que estos logros se han llevado a cabo casi sin medios económicos, puesto que la Plataforma no recibe subvenciones ni ayudas pecuniarias y sólo se nutre de las cuotas de sus socios, casi simbólicas, pues su cuantía es de entre dos y cinco euros mensuales, amén de que algunos de ellos, como distinción honorífica, han sido eximidos de pago. Y, en este ámbito de organización interna, es de destacar la actualización del censo, así como la renovación de la página web, con los problemas que implica la adaptación a la nueva normativa de protección de datos.
No obstante, las aportaciones más importantes de la Plataforma, son otras, a saber: un conjunto de propuestas jurídicas lege ferenda a favor de la separación de poderes. No son trabajos aislados, sino que forman un conjunto orgánico constitutivo del germen de un “Código de la Independencia Judicial” cuya publicación está prevista en un futuro “Libro blanco contra la politización de la Justicia”.
A continuación, se exponen recopilan las propuestas doctrinales de la Plataforma en un resumen intitulado Corpus Iuris Plataformae.
CORPUS IURIS PLATAFORMAE
La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial tiene como razón de ser la despolitización de la Justicia española. La “politización” no es un mal menor, inevitable consecuencia del funcionamiento del sistema constitucional. Al contrario, es una forma de corrupción, no económica sino jurídica. La “corrupción jurídica” mina la separación de poderes y, sobre todo, la confianza del pueblo español en sus jueces.
Para combatir la corrupción jurídica son imprescindibles reformas legislativas que saneen los vicios sistémicos que infectan el sistema judicial. Se da la paradoja de que, aunque la inmensa mayoría de nuestros jueces y fiscales exhiben una integridad profesional más allá de toda duda, el Poder Judicial español aparece desprestigiado a los ojos de la opinión pública. Las causas son estructurales, debidas a su deficiente arquitectura institucional.
La administración de Justicia española se configura como una organización tóxica donde se ha abierto canales subrepticios para brindar al poder político el control de la magistratura y la fiscalía. El foco de la infección parte del Consejo General del Poder Judicial, órgano cuya composición depende por completo de los grupos parlamentarios. Desde esa cúpula politizada se metastasían al organismo judicial entero los efectos malignos de la originaria corrupción jurídica. Así, los nombramientos de altos cargos son tributarios de los pactos en la sombra entre diversas facciones político-judiciales. Es el conocido como “reparto de cromos”, protagonizado por una especie híbrida entre judicatura y partitocracia, la de los “políticos togados”. De este modo, los incentivos para la promoción profesional pasan por la participación en un sistema contaminado del que el beneficiario se hace cómplice, dejándose atrapar por una red de créditos y débitos recíprocos. Por otro lado, la estructura vertical de la carrera, altamente jerarquizada, favorece tal sumisión clientelar.
Buen ejemplo es la interinidad crónica de la Audiencia Nacional, uno de los trofeos más preciados para los grupos de presión política o económica. Dado que de sus titulares suelen gozar de la situación de servicios especiales, las vacantes se cubren por comisiones proveídas sin mínimas garantías de objetividad. Pero, con ser éste el ejemplo más llamativo, la deficiente regulación de dichas comisiones ha conducido a la inseguridad jurídica a toda la carrera, no únicamente al más emblemático de sus órganos; tanto es así que se ha extendido la opinión de que la mejor manera de disfrutar a un destino a medida es la de contar con contactos que muevan los hilos en el lugar y momento oportunos.
Se trata de un modelo basado en recompensas orientadas a crear vínculos psicológicos de gratitud entre los jueces y la política. Mas no solamente se pertrecha con refuerzos positivos, sino en negativos, esto es, castigos potenciales o actuales que suponen una permanente amenaza de represión contra las voces díscolas. Así, los jueces españoles están sujetos a un régimen disciplinario cuyos vínculos, directos o indirectos, con el poder político facilitan la instrumentalización de los procedimientos sancionadores a favor de intereses extrajurídicos cuando no antijurídicos. Muestra de ello son las denominadas “diligencias informativas” cuya insuficiente y confusa reglamentación las convierte en un injerto inquisitorial en el tejido del Estado de Derecho.
Tales mecanismos de temor institucional operan en el seno de un Poder Judicial tóxicamente estructurado donde no existen cauces representativos para sus miembros. Así, los jueces españoles son gobernados por un órgano que no han elegido, el Consejo General del Poder Judicial, circunstancia ésta que, amén de fomentar el desarraigo corporativo de los magistrados sin ambiciones políticas, impulsa nuevamente a buscar vías de promoción mediante alianzas con grupos extrajudiciales de poder.
El anterior esquema estaría incompleto sin incluir el Ministerio Público. Desde instancias políticas se ha fomentado un debate artificial acerca de su la investigación criminal ha de estar en manos de jueces o fiscales. Es una cortina de humo para velar la estructura de una Fiscalía cuya toxicidad no es menor a la de la judicatura. Así, la promoción de los altos cargos fiscales es incluso más opaca que la del Poder Judicial. Por otro lado, se favorece un régimen de control profesional que, al no existir independencia como entre los jueces, fomenta una cultura de sumisión a una cúpula jerarquizada de carácter indisimuladamente político. Y ello pese a los constantes ejemplos de integridad, a veces próximos al heroismo, que nuestros fiscales muestran en su quehacer cotidiano.
La Plataforma ha venido elaborando una serie de propuestas para erradicar la corrupción jurídica que, lejos de constituir elementos aislados, articulan un tratamiento integral estructurado en siete grandes bloques interrelacionados que se exponen a continuación. Forman un corpus doctrinal que sienta las bases de un próximo “Libro Blanco” para la despolitización de la Justicia.
BLOQUES TEMÁTICOS
Bloque Primero. Elección de las vocalías judiciales del Consejo General del Poder Judicial. Propuesta de 23 de diciembre de 2017:
Síntesis: el retorno a un sistema de elección judicial de parte de la vocalías del Consejo General del Poder Judicial, si no se arbitra un modelo electoral plenamente democrático, retorna el riesgo de connivencia entre oligarquías corporativas y políticas. Ha de limitarse el número de sugragios emitibles por cada votante, proscribir el voto delegado y permitir la formación de listas transversales.
Bloque Segundo. Nombramientos de altos cargos judiciales. Reforma de Reglamento de nombramientos discrecionales mediante ocho bases.
Propuesta de nueve de julio de 2016.
Síntesis: objetivación de los nombramientos mediante el establecimiento de criterios tasados al menos en un 75% así como la introducción de una cláusula de abstención entre los candidatos y los vocales que pertenezcan a la misma asociación judicial.
Bloque tercero. Carrera Horizontal. Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Propuesta de tres de julio de 2018.
Síntesis: implantación de un sistema de promoción profesional que vincule la categoría y retribución salarial a la competencia del juez y a su evaluación periódica objetiva. Incentivación del trabajo de calidad y de la formación constante frente a la promoción política.
Bloque cuarto. Comisiones de Servicio, reforma LOPJ.
Propuesta de agosto de 2018: reforma LOPJ
Síntesis: objetivación de las comisiones mediante su aproximación a los concursos ordinarios.
Bloque quinto. Régimen disciplinario. Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Propuesta de 28 de mayo de 2017.
Síntesis. Evitar la instrumentalización política de los procedimientos sancionadores así como supresión de los vestigios inquisitoriales en el régimen disciplinario.
Bloque sexto. Democracia judicial. Reconocimiento del principio, “un juez, un voto”.
Propuesta de 2018: apoyo a la Asamblea General de Jueces. Reglamento Junta Nacional Jueces.
http://plataformaindependenciajudicial.es/2018/09/23/junta-nacional-de-jueces/
Bloque séptimo. Ministerio Público. Reforma de la LOPJ y del EOMF.
- Propuesta de 18 de enero de 2017. Bases de nombramientos de la Fiscalía (18/01/2017):
http://plataformaindependenciajudicial.es/2017/11/18/bases-nombramientos-fiscalia/
- Propuesta cuatro de noviembre de 2017. Modificación del EOMF.
- Bases de investigación criminal.
http://plataformaindependenciajudicial.es/2018/09/26/bases-investigacion-criminal/
Síntesis: objetivación de los nombramientos de altos cargos fiscales y reconocimiento al Ministerio Público de verdadera “independencia”, equiparable a la judicial, no de mera “autonomía”.