NOTA DE LA PLATAFORMA CÍVICA PARA LA INDEPENDENCIA JUDICIAL SOBRE EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE VENECIA SOBRE LA FORMA DE NOMBRAMIENTO DE LOS VOCALES DEL CGPJ (13 DE OCTUBRE DE 2025)
Resumen del comunicado:
El dictamen de la Comisión de Venecia recaído en este mes de octubre de 2025 concluye que la elección parlamentaria de la totalidad de los miembros del Consejo General del Poder Judicial es desaconsejable por el riesgo de politización que comporta, al tiempo que se inclina a favor de un modelo que en lo esencial coincide con las propuestas de la Plataforma.
Texto íntegro del comunicado:
El dictamen de la Comisión de Venecia que acabamos de conocer analiza los dos modelos de elección de los vocales judiciales del CGPJ propuestos por ese mismo órgano en el informe que preparó en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional de la LO 3/2024, de 2 de agosto.
La Comisión comienza señalando que el estándar europeo sobre consejos de justicia aboca a una elección de los vocales judiciales por sus pares. Este estándar deriva unánimemente de los propios informes de la Comisión de Venecia, de la doctrina del TJUE, de la doctrina del TEDH y de las recomendaciones del Comité de Ministros del Consejo de Europa, del Consejo Consultivo de Jueces Europeos y de la Red Europea de Consejos de Justicia. También indica que la forma de elección de los vocales de los consejos de justicia es asunto del que depende la propia independencia de dicho órgano, o, como mínimo, la percepción de su independencia, cuestión igualmente grave.
La Comisión constata paladinamente a continuación que, con el sistema de elección parlamentaria vigente en España, «desde 1985 todos los miembros del CGPJ han sido elegidos a través de procesos políticos guiados por criterios partidistas.»
Dicho esto, el dictamen de la Comisión pasa a analizar las dos propuestas que contenía el informe del CGPJ, a saber: Opción 1: elección de los doce vocales judiciales del CGPJ por sus pares. Opción 2: elección por el Parlamento, de entre un grupo de jueces elegidos por los jueces; en suma, un sistema semejante al actual, con alguna modificación.
La Comisión de Venecia descarta por completo, sin ambages ni dudas, la opción 2 (elección parlamentaria) por ser incompatible con los estándares europeos. Aunque aprecia alguna pequeña mejora en la propuesta respecto del sistema vigente, considera este sistema inservible por el riesgo de politización que comporta una elección parlamentaria -por mucho que haya una preselección judicial- realizada, además, según criterios discrecionales. Los jueces así elegidos, dice, se arriesgan a que se les atribuya un «color político» durante el resto de sus carreras. Si la opción 1 (elección por sus pares) podría conllevar algún riesgo de politización, en esta opción 2 el riesgo simplemente se multiplica. El sistema, por tanto, sencillamente, no es válido de acuerdo con los estándares europeos.
La opción 1 (elección por los propios jueces) sí se adecúa al estándar europeo. No obstante, la Comisión señala que deberían establecerse mecanismos para evitar la politización a través de las asociaciones. Mecanismos tales como la eliminación de un número mínimo de avales, la limitación a menos de ocho de los vocales a los que pueda votar cada elector, la no necesidad de aportar un sustituto -pudiéndose realizar elecciones parciales en su caso- o las medidas para asegurar la igualdad de armas en el proceso electoral.
Ante la segura tergiversación que algunos sin duda harán del informe -aún se recuerda, casi con regocijo, la sonrojante manipulación del informe de la Comisión de Venecia sobre la ley de amnistía- es importante señalar con claridad dos puntos:
1.- La opción de elección parlamentaria queda descartada de raíz por la Comisión, por ser incompatible con los estándares europeos. Por tanto, es falso que la Comisión de Venecia valide los dos sistemas propuestos desde el CGPJ.
2.- Las referencias del informe al riesgo de politización en el sistema de elección por los jueces tiene como fin mejorar el sistema, pero siempre dentro de la afirmación de que es el único posible.
Resulta también de interés señalar que la Comisión indica en su informe que no es capaz de percibir la razón por la que se afirma que la judicatura española, como un todo, pueda ser caracterizada como «conservadora»
Dicho lo anterior, queremos destacar la coincidencia esencial del informe con las propuestas que la Plataforma Cívica para la Independencia Judicial viene realizando desde su creación. La Plataforma expuso a la Comisión sus puntos de vista en la reunión de trabajo del 15 de septiembre pasado. La propuesta de la Comisión viene a reflejar con precisión la idea de que el único sistema posible es el de elección de los vocales judiciales por sus pares, pero con las debidas garantías para evitar el control del sistema por las asociaciones. La Plataforma ha llegado incluso a elaborar un modelo matemático para despejar cualquier riesgo en este sentido. Pueden consultarse las propuestas de la Plataforma y el mencionado modelo en los siguientes enlaces: