LA DESPÓTICA DESTITUCIÓN DEL CORONEL DON DIEGO PÉREZ DE LOS COBOS

LA DESPÓTICA DESTITUCIÓN DEL CORONEL DON DIEGO PÉREZ DE LOS COBOS

Resumen del comunicado

Inquietantes son los indicios de desviación de poder en que ha incurrido el Ministro del Interior al destituir al coronel de la Guardia Civil encargado de investigar, en funciones de policía judicial, la eventual responsabilidad criminal de diversas autoridades gubernativas en la propagación de la demoledora epidemia que padece nuestro país. Mientras la policía judicial siga dependiendo del Ejecutivo y no de una autoridad imparcial, independiente e inamovible, la investigación del delito resulta vulnerable a las arbitrariedades de intereses ajenos al estricto descubrimiento de la verdad con pleno respeto a los derechos fundamentales.

Texto del comunicado

¿Por qué ha sido cesado de modo fulminante el coronel don Diego Pérez de los Cobos, jefe de la comandancia de la Guardia Civil en Madrid, y, por tanto, jefe de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de Madrid?

Porque no ha querido revelar al Gobierno los datos recabados en el curso de una investigación penal por algunos de sus subordinados, actualmente en funciones de policía judicial a las órdenes de la juez del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid. “Es una investigación delicada para el Gobierno y tenemos que conocer lo que la Guardia Civil está entregando a la jueza”, parece que dijo la directora general de la Guardia Civil al coronel para cesarlo por “pérdida de confianza” la noche del pasado domingo 24 de mayo de 2020, según la versión de la conversación telefónica que circula en los medios de comunicación.

Recordemos que el Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid instruye unas diligencias previas contra el Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, José Manuel Franco. Se le imputa un delito de prevaricación administrativa por haber desatendido supuestamente las advertencias técnico-sanitarias relativas al riesgo de contagio por coronavirus en las concentraciones previas al estado de alarma; entre ellas, la manifestación del ocho de marzo por el día internacional de la mujer.

Los agentes de la Guardia Civil adscritos en funciones de Policía Judicial a ese juzgado habrían remitido un amplio informe a la magistrada encargada del caso en donde se apunta la posible responsabilidad criminal de dicho investigado y otras autoridades sanitarias, inclusive Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Emergencias y Alertas Sanitarias. Tras conocer la existencia de dicho informe, el ministro habría querido conocer su contenido, pero, al haberse negado el coronel a revelarlo, ya que tanto él como sus subordinados son leales cumplidores de la obligación legal de guardar reserva de la evolución y del resultado de las concretas investigaciones que les han sido encomendadas y están a las órdenes de la juez de instrucción, habría reaccionado ordenando a la directora general el cese de de los Cobos por “pérdida de confianza”.

Sin entrar ahora a evaluar el contenido de dicho informe, dado que pertenece al material probatorio de una causa sub iudice, si la hipótesis expuesta llagase a confirmarse, la destitución constituiría tanto una conducta política inmoral que nos retrotrae a la época del despotismo tiránico, como un grosero acto ilegal, que incurre en desviación de poder, pero cuyas graves repercusiones en otros órdenes jurídicos, incluso en el penal, el Gobierno no debería descartar. Sería un descarado aviso a navegantes para todos aquellos que no se plieguen a la política criminal del gobierno.

Tan inquietantes circunstancias deben hacernos reflexionar sobre la división de poderes como esencia de nuestro Estado de Derecho, y sobre el riesgo que entrañan para nuestra democracia las pretensiones del Ministro de Justicia de reformar la norma procesal para que instruyan los fiscales, cuya cúpula es actualmente designada por el Poder Ejecutivo. Si escandalosa es la remoción de un alto mando de la policía judicial, sería destructivo para el Estado de Derecho que un fiscal instructor pudiera ser removido por investigar a quien el Gobierno no quiere que se investigue o un fiscal instructor pueda recibir órdenes de investigar o no del Gobierno a través del Fiscal General del Estado, eventualidad que con arreglo a su vigente Estatuto Orgánico hoy es posible. Se advierte, pues, hasta qué punto es insostenible el estado de cosas actual, donde los órganos jurisdiccionales carecen de una genuina policial judicial ya que, en última instancia, sus agentes dependen del Ejecutivo.

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial no se cansará de repetir que la investigación criminal tiene que estar encomendada a un órgano independiente, sujeto solo al imperio de la ley, y encaminada al descubriendo de la verdad con pleno respeto a las garantías procesales que aseguran los derechos fundamentales de todos por igual. El Juez de Instrucción, que no recibe órdenes del Gobierno, cumple muy bien esa función. Pero, como aceptamos que el modelo tiene margen de mejora, la reforma legal de la instrucción penal que haya de venir, si se tiene que hacer, solamente sería aceptable para nuestra democracia si asegura que la investigación encomendada al Poder Judicial es independiente, imparcial e inamovible, nunca meramente autónoma del Poder Ejecutivo

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