Puntos sobre las íes: Plataforma frente a procedimiento neoinquisitorial

Ante las diligencias informativas relacionadas con el Magistrado Ruiz De Lara y en atención a lo acontecido el pasado viernes 24 de febrero de este año 2017, la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial ha decidido romper su silencio  y emitir el siguiente comunicado:

1.Las diligencias informativas abiertas para investigar “infracción en materia de incompatibilidades “y la investigación que las precede se han conducido en forma que rechazamos sin paliativos. Dichas informaciones se nutren de dos informes largos y prolijos realizados a instancia del presidente del TS y del CGPJ, cuya fecha es anterior a la incoación de las diligencias informativas.

2.Dichos informes se han realizado en un intervalo de un año y tres meses. En ellos, a modo de servicios de inteligencia, se analizan noticias periodísticas, consultas de páginas web y comunicaciones recibidas de diferentes organismos, todo ello relacionado con la actividad desplegada por el magistrado investigado en relación con la liga universitaria de debates. Se trata de una técnica que rechazamos frontalmente pues carece de procedimiento que la soporte, se realiza a espaldas del investigado y está inspirada por la intervención de órganos ajenos al PAD (promotor de la acción disciplinaria), único que tiene capacidad de investigar conductas de los magistrados susceptibles de incurrir en responsabilidad disciplinaria.

3.El Magistrado Ruiz de Lara recibió en mayo de 2015 una primera llamada telefónica del servicio de inspección por orden del presidente del TS (Tribunal Supremo) inquiriéndole sobre la financiación de la liga de debates. A pesar de la falta de formalidad de dicha llamada, el magistrado cuestionado contestó con todo detalle por escrito aportando toda la información solicitada. Ruiz de Lara nunca recibió dinero por organizar la liga universitaria de debates, sino que, por el contario, la financió de su bolsillo de forma altruista, lo que quedó claro ya desde la primera llamada.

4.El 29 de Julio de 2016 (repárese en la lejanía de la fecha) se abren formalmente las diligencias informativas, y se le solicita nuevamente por escrito información sobre su participación altruista en la liga de debates, información que nuevamente remite contestando puntual y detalladamente a todo lo que se le solicita.

5.Como consecuencia, se desencadena un intensísima actividad de investigación en la que el promotor solicita información a entidades privadas relacionadas con la liga universitaria de debates con resultado totalmente infructuoso pues todos los requerimientos efectuados por el Promotor de la Acción Disciplinaria han confirmado que el Magistrado investigado no ejerce ningún cargo en ninguna entidad, que no percibe ninguna retribución y que ha sufragado con sus recursos personales diversos gastos de traslado, alojamiento y manutención de universitarios.

6.Pese a este resultado que únicamente confirma lo que ya el magistrado había referido en el año 2015, el Promotor de la Acción Disciplinaria Don Antonio Jesús Fonseca, cita al Magistrado Ruiz De Lara para recibirle declaración, sin informarle de los derechos que le asisten ni qué infracción disciplinaria se le imputa. La citación se produce sólo tres días después de que la Plataforma difunda un vídeo sobre la politización del Consejo General del Poder Judicial. Esta actuación debe calificarse como mínimo de insólita, pues se produce en una fase previa a la incoación de expediente disciplinario.

7.Asimismo, el Promotor de la Acción Disciplinaria Don Antonio Jesús Fonseca, a pesar de que carece de competencias para ello, procede a citar a dos personas no integradas en la carrera judicial: el Presidente de la Plataforma Don Agustín Azparren y una alumna universitaria, Doña Ana Fúnez, actuación que debe calificarse de claramente irregular pues las personas y entidades privadas no tienen obligación de presentarse ni comparecer ante el Consejo.

8.Finalmente, denunciamos públicamente que el Promotor de la Acción Disciplinaria Don Antonio Jesús Fonseca Herrero haya convertido las diligencias informativas en una suerte de “causa general” contra el Magistrado Ruiz De Lara, en el que ante la imposibilidad de obtener indicios de infracción disciplinaria sobre la actividad inicialmente investigada decide ampliar sobre la marcha el objeto de sus pesquisas indagando sobre las actividades de la Plataforma Cívica de las que el magistrado es portavoz .

9.Así mismo en el interrogatorio al Señor Ruiz De Lara, se requiere a este para que identifique a quiénes desde la Plataforma elaboran los informes sobre nombramientos del Consejo General del Poder Judicial como si la elaboración de dichos informes jurídicos emitidos periódicamente desde Noviembre de 2014 y de los que el Consejo tiene conocimiento puntual pues se publican en la intranet, tuviese contenido disciplinario. Adjuntamos un resumen de actividades de la Plataforma de contenido reivindicativo.

 

En atención a ello, desde la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial :

 

  1. Rechazamos que se investigue a magistrados por motivos extravagantes o claramente infundados. El poder disciplinario del CGPJ se debe utilizar de forma seria, prudente, y rigurosa. Cuando el CGPJ castiga a los jueces ( les da “ palos “ en terminología utilizada por el propio Presidente del CGPJ) debe evitarse toda apariencia de que se está silenciando o perturbando la independencia de un juez incómodo.
  2. La investigación en curso involucra no solo al magistrado afectado, perturbando su tranquilidad durante más de un año y medio, sino a personas particulares hasta el punto de citar a declarar a Madrid al presidente de la Plataforma o una universitaria de veintidós años. Se trata además de una forma de dilapidar recursos públicos poco ejemplar.

 

  1. Condenamos la técnica utilizada de la información previa a las diligencias informativas, que a su vez es previa al expediente disciplinario. Se trata de un claro fraude de ley. Los expedientes disciplinarios caducan a los seis meses. Pero si no se llegan a abrir se puede estar investigando a un magistrado sine die.

 

  1.  Mientras el Legislador ha decidido que la fase de instrucción de todos los procedimientos penales dura seis meses, el CGPJ puede investigar a los magistrados a sus espaldas, por motivos indeterminados, generales y susceptibles de ampliación sin plazo alguno. Es una paradoja que ni los jueces ni los ciudadanos a quienes servimos podrán entender.

 

  1. La técnica de ordenar la elaboración de informes sobre la base de noticias a las que se ha tenido acceso, debe ser igualmente rechazada por infringir todas las normas del procedimiento. Se trata de un procedimiento nulo.

 

  1. La Plataforma, solicita la inmediata asunción de responsabilidades por el Presidente del Tribunal Supremo Don Carlos Lesmes Serrano, el Promotor de la Acción Disciplinaria Don Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo y por la Jefa del servicio de Inspección Doña Esperanza Córdoba Castroverde, autora de uno de los informes, así como las explicaciones públicas oportunas.

 

  1. Anunciamos que ejerceremos las actuaciones que legalmente corresponda ante instancias nacionales o internacionales para que hechos como los descritos no vuelvan a suceder.

 

 

 

En Madrid a 26 de Febrero de 2017.

 

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