LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA JUSTICIA

A continuación se transcribe la ponencia presentada por Jesús Villegas, Secretario General de la Plataforma, en las jornadas sobre la modernización de la Justicia española organizadas por la asociación de consumidores AUSBANC y celebradas en madrid el 18 de julio de este año.

El autor asocia la politización del gobierno del Poder Judicial al aumento del riesgo de corrupción en la justicia.

Este es su texto:

LA DEMOCRATIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL ESPAÑOL

          Subversis memorata plagarum grassatione Hispaniae provinciis, barbari ad pacem ineundam, Domino miserante conversi, sorte ad inhabitandum sibi provinciarum dividunt regiones.(Hydacio, Chronicon, XVI)

 

Jesús Manuel Villegas Fernández.

Magistrado del Juzgado de Instrucción número tres de Guadalajara.

Secretario General de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial.

 

 1. Introducción: El Estado como pacto entre ciudadanos.

 

 

         La visión contractualista del orden social goza de una larga tradición clásica (Hobbes, Locke, Rousseau) que, con más o menos matices, pervive en construcciones teóricas actuales, como la celebérrima “situación originaria” de John Rawls. No es de extrañar, ya que deriva de una idea intelectualmente muy atractiva, al entender la normatividad como el fruto de un acuerdo entre los miembros del cuerpo político, por lo que supone una restricción al ejercicio arbitrario del poder. La lógica conceptual de esta doctrina implica que los gobernantes han de respetar ciertas condiciones previamente pactadas con los gobernados (pacta sunt servanda). Sin embargo, no es formulación per se de una concepción genuinamente democrática de la sociedad, pues en sus antecedentes medievales proporcionaba la justificación ideológica del sometimiento de los súbditos al monarca, trasunto del vasallaje feudal. Ya en nuestra época, y al otro lado del Atlántico, algunas orientaciones contractualizantes han servido a determinados sectores de tendencias reaccionarias para reinterpretar la cosa pública en términos iusprivatistas, propugnando así una deconstrucción de las instituciones públicas encaminada al desmantelamiento del “Estado del bienestar”.

 

         Tomemos pues cum grano salis, la imagen del Estado como un “pacto entre ciudadanos”. Con todo, contiene un núcleo del que no debe abdicar ninguna sociedad democrática, cuál es el respeto a la verdad como ingrediente básico de la confianza social. Por eso mismo llama la atención la lectura del programa electoral del partido que sostiene al gabinete gobernante y que, en cuanto a la composición del Consejo General (CGPJ) del poder judicial, rezaba literalmente (sic): 

 

         Promoveremos la reforma del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial para que, conforme a la Constitución, doce de su veinte miembros sean elegidos de entre y por jueces y magistrados de todas las categorías[1].

 

         Como es un hecho notorio, el Gobierno no respetó su promesa electoral. El sábado 29 de junio de 2013 el Boletín Oficial del Estado publicaba la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder. En su preámbulo se lee:

 

         A la hora de abordar un aspecto crucial de la reforma como es el sistema de designación de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial, se ha diseñado un sistema de elección que, por un lado, garantice la máxima posibilidad de participación en el proceso de todos y cada uno de los miembros de la carrera judicial, estén o no asociados y que, por otro, atribuya al Congreso y al Senado, como representantes de la soberanía popular, la responsabilidad de la designación de dichos vocales[2].

 

         Con estas escuetas palabras zanja el Legislador lo que para muchos es ya una vexata questio, por lo que es de suponer que huelga cualquier argumentación al respecto. Por tanto, no ha lugar para explicar el por qué del cambio de postura, las razones (¿?) de la infidelidad programática.

 

         Ni que decir tiene que, desde una perspectiva meramente formalista, una cosa es lo que proponga un partido durante la compaña electoral y otra muy distinta la aprobación de una ley por las Cámaras depositarias de la soberanía nacional. Pero, materialmente, nos hallamos ante la impúdica violación de ese contrato ciudadano basado en la lealtad democrática, inspirado en un postulado tan simple como que los gobernantes no deben mentir a los gobernados. Incluso en la Edad Media el siervo se liberada del vasallaje cuando el señor feudal quebrantaba la palabra que en prenda de su honor le había conferido.

 

         Sirva este “preámbulo” (o más bien “exposición de motivos”) como introducción del texto escrito de la ponencia que presento en este acto. En las breves líneas que se sucederán hablaré como juez y desde una perspectiva que se suele escamotear a los ciudadanos que desconocen qué se trama entre las bambalinas de la magistratura, una vez caído el telón del ornato institucional y disipada la humareda del lenguaje de la corrección política. Explicaré por qué la presente reforma, pese a la hueca liturgia legitimadora de un discurso pseudojurídico, es poco más que un osado movimiento en un juego de poder.

 

 

2. Politización y corrupción de la Justicia: dos caras de la misma moneda.

 

 

         Los jueces españoles, antes de tomar posesión de su cargo deben prestar el siguiente juramento:

 

         “Juro o prometo guardar y hacer guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, lealtad a la Corona, administrar recta e imparcial justicia y cumplir mis deberes judiciales frente a todos” (articulo 318.1 de la LOPJ[3]).

 

         La observancia de este requisito legal no es un mero formalismo, un residuo arcaico, sino que actualiza ese pacto ciudadano que impone a los servidores de la cosa pública el respeto al contrato social. Además, tal como han demostrado la ciencia psicológica, las mayoría de las personas, o al menos las que poseen una mínima dosis de decencia, tienden a respetar su palabra, so pena de experimentar un malestar anímico que se conoce técnicamente como “disonancia cognitiva”[4].

 

 

         El artículo 574 de la LOPJ, con arreglo a la redacción de la ya mentada reforma  (que como es sabido consagra el modelo de designación parlamentaria de la vocalías de origen judicial) prevé que:

 

         “El Juez o Magistrado que desee presentar su candidatura podrá elegir entre aportar el aval de veinticinco miembros de la carrera judicial en servicio activo o el aval de una Asociación judicial (…)”.

 

         Las consecuencias de este mecanismo no son inocuas, pues involucran a los miembros de la carrera judicial en una busca y captura de avales, una suerte de pseudocampaña electoral que los convierte en cómplices de un sistema emanado de una mentira originaria. Un sutil, pero no por ello menos firme, nudo psíquico que liga a políticos y jueces. El juramento prestado en su día trasmuta el espíritu de un contrato ahora reinterpretado en términos psicológicos, jurídicos y éticos.

 

         El exvicepresidente del Tribunal Constitucional, Ramón Rodríguez Arribas, afirmaba durante unas jornadas organizadas por el CGPJ en el pazo de Mariñán en julio del año 2013:

 

         “(…) La única pedagogía que sirve es el ejemplo. (…) Los que dan ideal de valores tiene ellos que reivindicarlos también. Es muy frecuente hablar de cosas que son teóricas pero… ¡No!, hay que ir a la práctica. Y desde luego, la corrupción es en el  fondo el quebrantamiento de principios y valores. (…) “La corrupción es que lo orgánico se descompone[5]”.

 

         Es difícil expresar de una forma más sucinta, al estilo de la mejor aforística latina, el riesgo de desintegración social que entraña el incumplimiento de las promesas electorales. Máxime en un trance histórico como el que atraviesa, no sólo nuestro país, sino el orbe occidental, en un escenario de crisis económica que impone a los ciudadanos sacrificios muy dolorosos. La única manera de que el sufrimiento cívico no se torne en desconfianza hacia las instituciones es la plena trasparencia, la escrupulosa observancia del contrato social.

 

         España va a la zaga en este reto. Basta comparar con los Estados Unidos, tal como explica Joseph S. Nye, exvicesecretario de Defensa estadounidense y profesor en Harvard:

 

         “(…) cuando se les pregunta (a sus compatriotas) no acerca del gobierno del día a día, sino sobre el marco constitucional subyacente, la respuesta de la sociedad es muy positiva. Si se les pregunta a los estadounidenses sobre el mejor lugar para vivir, el ochenta por ciento responderán que Estados Unidos. Si se les pregunta si les complace el sistema democrático de gobierno, el noventa por ciento dice que sí. Pocas personas opinan que el sistema esté podrido y deba ser derribado[6]”.

 

         ¡Cuán diferente en nuestra patria!…donde el descontento popular está alcanzando una magnitud tal que desagarra la fibra más íntima del tejido social, no sólo en un plano ético sino jurídico, al llegarse a poner en entredicho hasta la propia Constitución, hasta hace no mucho, sólido marco de consenso. 

         Leyes como la actual ahondan la brecha entre gobernantes y gobernados, al tiempo que alejan a los jueces de su pueblo, al convertirlos en cooperadores de un crimen de lesa veritate. Mas no quedan aquí las cosas. El actual sistema, al establecer una cadena entre el poder político y la judicatura, encierra el peligro de corrupción strictu sensu. Así lo advertía la asociación “Transparencia Internacional” en el borrador de su proyecto “ENIS” relativo al Reino de España, aparecido en el año 2012, del que se reproduce el siguiente extracto:

 

El poder judicial tendría como punto fuerte la independencia, reconocida de forma expresa constitucionalmente y garantizada legalmente; en la práctica es también posible ejercer con plena independencia por parte de los jueces, aun cuando el órgano de control de los jueces está fuertemente politizado y los miembros de los Tribunales superiores se nombran con una relativa influencia política. En suma, existe un cierto incentivo, para los jueces que quieran llegar a los puestos superiores del sistema, de subordinar su plena independencia a ciertos compromisos políticos[7].

 

         En este contexto conviene traer a colación la Carta Europea sobre el Estatuto de los Jueces de 1998 (apartado 1.3), el CCJE del Consejo de Europa (conclusión 4 del informe de 23-11-2001) y la Carta Magna del Poder Judicial de 2008 (apartado. 1.3) que recalcan la exigencia de un órgano independiente de autogobierno de los jueces en el que, al menos la mitad de sus componentes sean elegidos por ellos mismos[8].

 

         En realidad, ese era el diseño primigenio que implantó la Ley Orgánica 1/80 hasta que fue reemplazada por la LO 6/85, producto esta última de la conocida en su día como “enmienda Bandrés”. Los retoques introducidos por la LO 2/2002 (al igual que sucede con el recién aprobado texto) resultan poco más que cosméticos, ya que la conexión entre poder político y judicial, en primera y última instancia, queda atada y bien atada.

 

         El Tribunal Constitucional ya advertía en su polémica sentencia de 108/1996 de la alta volatilidad de sistema:

 

         (…) las funciones que obligadamente ha de asumir el Consejo son aquellas que más pueden servir al Gobierno para intentar influir sobre los tribunales: de un lado, el posible favorecimiento de algunos jueces por medio de nombramientos y ascensos; de otra parte, las eventuales molestias y perjuicios que podrían sufrir con la inspección y la imposición de sanciones. La finalidad del Consejo es, pues, privar al Gobierno de esas funciones y transferirlas a un órgano autónomo y separado.

 

Aún así, el mentado tribunal decidió preservar la constitucionalidad de la reforma en la creencia de que la clase política se contentaría con un consumo responsable de sus facultades, moderándose en la ingente capacidad de control que se le confiaba. La práctica ha demostrado lo contrario: como poseídos por los ánimos espirituosos de una descomunal borrachera de poder, bárbaramente se han repartido a suertes las vocalías, troceando la tarta consejil según sus apetencias ideológicas. Será muy difícil restañar el daño que a los ojos de la ciudadanía española ha hecho la rutina de nombramientos a que nos han acostumbrados. Como muestra, un botón:

 

El diario “El País”, en una noticia aparecida el 22 del año 2009, publicaba (sic):

 

“El presidente del Gobierno sorprendió a todos hace un año renunciando a proponer a un progresista al frente del CGPJ, para poner finalmente a un ultracatólico. El informe del Poder Judicial no es vinculante, pero tiene gran importancia política, ya que el PP ha llevado el debate sobre la ley al terreno jurídico al defender la inconstitucionalidad del texto elaborado por el Gobierno que prevé una ley de plazos. La decisión de Zapatero para el Poder Judicial da, finalmente, munición al PP contra la ley[9].”

 

         Sin comentarios.

 

 

3. La reacción de las bases de la Carrera Judicial.

 

         Anunciaba al comienzo de este trabajo que explicaría cómo está diseñado el sistema para asegurar la docilidad política del Poder Judicial. Pretendo ofrecer la visión de un magistrado que no está afiliado a ninguna de las asociaciones judiciales y que, aun reconociendo el valor de aquéllas como instrumentos de defensa profesional, se siente insatisfecho ante las limitaciones de un modelo ya estancado.

 

         Casi 1.500 jueces de todo el territorio nacional se adhirieron en el año 2010 al Manifiesto “por la despolitización y la independencia judicial” (redactado por el juez Manzano, magistrado granadino conocido entre sus compañeros por su absoluta desconexión de cualquier centro de poder político); una de sus principales reivindicaciones fue el retorno al mecanismo de elección de vocalías del CGPJ estipulado en la ley de 1980[10]. Fue un hecho inaudito, en un cuerpo como el judicial, tradicionalmente acomodaticio y apático. A partir de ese momento la fisonomía de la magistratura española cambió de una vez para siempre.

 

         Los antecedentes de dicha iniciativa se remontan al llamado movimiento “ocho de octubre”, día del año 2008 en que otro juez remitió un correo electrónico a la intranet de la carrera judicial en protesta ante las manifestaciones de la entonces vicepresidenta del Gobierno, la cual se atrevió a sugerir al CGPJ la sanción que debía imponerse a un compañero en ese momento sujeto a un expediente disciplinario. Estos eran sus términos:

 

         “¿Por qué somos un colectivo tan pasivo? ¿Por qué agachamos la cabeza y seguimos trabajando y trabajando mientras nos amedrentan, desacreditan e, incluso, nos insultan? ¿Por qué los secretarios pueden unirse en cuestión de horas y actuar de forma conjunta y nosotros no? ¿Qué hace falta para que levantemos la cabeza de los pleitos y plantemos cara? ¿Por qué no nos unimos al plante de los secretarios y paramos el día 21 de octubre? No lo entiendo, pero seguiremos sin hacer nada. Eso sí, a nivel privado, tomando un café con dos o tres compañeros, por teléfono, o a través del mail volveremos a quejarnos y a decir que la situación está cada vez peor. ¿Hasta cuando? ¡¡Paremos también el día 21!!”[11]

 

         Esta llamada generó una reacción en cadena, pues empezaron a convocarse juntas de partido que se agruparon de un extremo a otro de la geografía española.

 

         Es muy significativo que la contestación proviniera de dichas juntas, ya que son la única herramienta de manifestación genuinamente democrática a disposición de los jueces españoles. Aunque la LOPJ atribuya al Presidente del Consejo la “representación del Poder Judicial” (artículo 585), ese cargo no debe su designación a los propios jueces sino (a través de unos hilos más o menos largos, más o menos tensados) a los partidos políticos. En cuanto a las asociaciones judiciales, hablan por sus propios afiliados pero, más allá de los confines de sus respectivas parcelas, carecen de legitimación para erigirse en portavoces exclusivos de la totalidad del colectivo judicial. Como era previsible, estos otros grupos se subieron más tarde a un tren que avanzaba velozmente, pero que ellos no habían puesto en marcha.

 

         Por eso, sectores cada vez más amplios (dentro de los que se incluyen tanto asociados como no asociados) vienen promoviendo la constitución de una “Asamblea General -o Nacional- de Jueces”, donde todos los miembros del Poder Judicial se expresen mediante el principio “un juez/un voto” (de nuevo, el juez Manzano fue el impulsor de este movimiento). Cientos de jueces reclamaron la democratización de la carrera en reuniones mantenidas en la plaza de Castilla de Madrid en noviembre de 2012 y febrero de 2013. La prensa prestó cobertura a la noticia[12]. Sin embargo, la Junta de Jueces de Bilbao ya se había pronunciado el 21 de enero de 2009 aprobando un acuerdo que propugnaba:

 

         “(…) mecanismos de representación judicial basados en la fórmula un hombre, un voto”.

 

         Nótese que se trata de una aspiración mucho más modesta que el retorno al modelo de la Ley 1/80. Aquí solamente se pide que los jueces comuniquen a la sociedad su opinión como colectivo (esto es, cuál sea su voluntad conjunta acerca de uno u otro asuntos). La petición es tan moderada que no pretende todavía la instauración de instrumentos de autogobierno o representación. No es más que la creación de un ámbito general donde ejercer el derecho a la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución Española. Eso sí, como colectivo, y no a título meramente individual.

 

         Esta es, empero, el arma más poderosa que existe hasta la fecha contra la politización de la justicia española (en espera de una reforma orgánica relegada al baúl de los recuerdos). Hasta ahora, el pueblo español ignora qué piensan sus jueces. Estos, cuales discapacitados o menores de edad, precisan de intermediarios que adivinen su voluntad, a la guisa de tutores políticos o curadores ideologizados. Siempre se interpone una instancia intermedia entre el cuerpo judicial y la sociedad española que interprete, reinterprete…o distorsione, su verdadero sentir.

 

         Al poder político interesa que se mantenga en este estado de cosas. Precisamente en el año 2009 tuve ya ocasión de denunciar el status quo al que los jueces nos vemos sometidos:

 

         “El sistema está montado para domesticar al Poder Judicial. Se proclama la independencia pero, al mismo tiempo, se preparan mecanismos para desvirtuarla. El poder político decide, de facto, la composición del órgano de gobierno de la judicatura (el CGPJ) el cual, a su vez, elige a los magistrados del Tribunal Supremo. Éste último funciona como Corte de Casación, por lo que tiene la última palabra en los conflictos de intereses más importantes. No digamos ya el Tribunal Constitucional, directamente surgido de la voluntad política y que está investido de la capacidad, nada más y nada menos, que de expulsar del ordenamiento jurídico las normas emanadas del poder legislativo. Como un monarca absoluto con derecho de veto. Mas no quedan aquí las cosas: los cargos más apetitosos de la carrera judicial están supeditados a la voluntad del Consejo. En la cumbre de la judicatura se respira un ambiente muy politizado, si bien a medida que se va descendiendo, los aires no son tan asfixiantes”.

 

         “Lo curioso de este modelo es que la politización, pese a ser real se esconde, como algo vergonzoso. Se dice una cosa y se hace otra. (…) Está mal visto controlar a los jueces pero, al mismo tiempo, es muy rentable hacerlo. Por tanto, se aspira a dominarlos sin que se note”[13].

 

         Esto ya era conocido. En cambio, mucho menos sabida es la efervescencia democrática que bulle en el seno de la carrera, protagonizada por jueces asociados o no, pero siempre más allá de los calcificados cauces institucionales. Hay una “justicia oficial” al margen de la “justicia real”, compuesta ésta última por tantos magistrados anónimos que día a día lidian contra una aplastante carga de trabajo. Una hermética campana de silencio ha sido colocada para ahogar su clamor.

 

         Uno de los intentos de pinchar esa burbuja insonorizante fue la fundación en el año 2011 de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, asociación que reúne no sólo a jueces, sino a catedráticos, abogados, notarios, secretarios judiciales, peritos y, en general, ciudadanos de toda índole. Esta entidad se proclamaba heredera del Manifiesto de los 1.500 en un intento de comprometer a la sociedad civil en la regeneración de nuestra Justicia (en sus filas se cuentan personalidades conocidas, como el periodista don Javier Nart, los catedráticos don Enrique Gimbernart, don Miguel Olmedo, don Andrés de la Oliva –primer presidente de la formación- o don José María Asencio- que ocupa actualmente la presidencia; también se encuentran los magistrados don Eloy Velasco y don Ernesto Manzano, o el exfiscal de la Audiencia Nacional don Ignacio Gordillo, entre otros). El Consejo General del Poder Judicial reaccionó negando la compatibilidad a los miembros judiciales para ocupar cargos directivos, duro golpe que no ha paralizado, pero sí debilitado su funcionamiento (aunque gracias al esfuerzo de sus socios esté en los últimos meses resurgiendo; y dicho sea en justicia, algunos de los vocales del CGPJ emitieron votos particulares apartándose de dicha resolución. Son los Excelentismos señores don Félix Anzón, doña Inmaculada Montalbán y doña Margarita Robles, todos ellos opuestos a la actual reforma de la LOPJ).

 

         Asimismo, suele dar difusión a sus actividades la revista judicial Tempus Octobris, nacida en conmemoración del movimiento de ocho de octubre y que (desde unas posiciones estrictamente apolíticas, al margen de cualquier financiación o contactos con partidos políticos, sindicatos, asociaciones judiciales u otros órganos de poder) pretende mantener viva la llama de la independencia judicial. Por último, hace tan sólo un mes emergió espontáneamente un grupo de jueces no asociados que llamaban a la unidad asociativa, proponiendo la futura constitución de una “asociación única”.

 

 

         En todas estas iniciativas venimos participando muchos jueces desde hace tiempo. Jamás, en cambio, me prestaré al proceso electoral ahora en curso, vástago vergonzoso de la reciente reforma legal. El juramento que en su día presté al vestir mi toga me impide participar en una farsa que, bajo una máscara democrática, alberga el designio de politizar nuestra Justicia ad aeternum y ad nauseam. Esta ley está manchada por una mentira originaria. Los políticos han violado su parte en el contrato social. Entre la carrera judicial brota justo en estos instantes una iniciativa que llama al boicoteo al sistema, a no presentar candidaturas ni avales, y a la que ya se han unido tres asociaciones judiciales (la primera de ellas “Foro Judicial Independiente”, que nunca jugó al tan tristemente famoso sorteo de cargos discrecionales; posteriormente la acompañaron “Jueces para la Democracia” y “Francisco de Vitoria”). La fragmentación de nuestra carrera impide que prospere esta respuesta; en cualquier caso, ahí se yergue, cual valiente testimonio de la dignidad del juez español. Se perciben ahora con toda nitidez las graves consecuencias que acarrea para la magistratura española la inexistencia de un espacio donde expresar conjuntamente su opinión según el principio: “un juez/un voto”. La ausencia de cauces de expresión colectiva da pábulo a toda especie de manipulación.

 

         Los jueces necesitamos ayuda para liberarnos del sistema: solos no podemos.

 

         Como vemos, tras la homogénea fachada de la justicia oficial, los jueces españoles pugnan por romper las cadenas de la politización. Solo lo lograran con el auxilio del resto de los ciudadanos. Y ello desde la honestidad intelectual que surge de la conducta “ejemplar” – en terminología de filósofo Javier Gomá (director de la fundación “Juan March”)-. Sin compromiso, sin ejemplo personal más allá de los discursos oficialistas, nada progresaremos.

 

         Terminamos con las esperanzadoras palabras del citado pensador español:

 

         “Nuestro privilegio será fundar la ciudad que habitarán los hombres del futuro, ya tenemos la mano sobre el arado que trazará su perímetro”[14].

 

 

 

REFERENCIA BILIOGRÁFICA

 

 

 

         En virtud del carácter informal de la ponencia, he prescindido de un sistema científico de citas, de tal modo que sólo he dado noticia de la fuente de una manera sencilla que permita al lector no especialista localizarla. Máxime cuando las ideas aquí expuestas, en mayor o menos medida, son reproducción de otras que ya expuse con mayor rigor académico en otras publicaciones.

 

         A continuación, y como complemento, se ofrece una serie de enlaces a la red informática que serán útiles para ampliar información sobre la mayoría de los aspectos tratados.

 

Enlaces de interés.

 

Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (http://pcij.es/)

Revista Tempus Octobris (http://issuu.com/)

Manifiesto (http://pcij.es/mas/documentos-interes/)

 

Obras escritas por el ponente:

 

La Politización del Consejo General del Poder Judicial (http://pcij.es/mas/documentos-interes/)

El Poder impotente: la mutilación de los Jueces españoles (http://forojudicial.es/wpfji/?p=323)

Retórica Forense, el arte de vencer en juicio.

(http://www.tirant.com/editorial/libro/retorica-forense-9788498766578)

 

 

Prensa relativa a la Asamblea General de jueces.

 

 

http://www.europapress.tv/sociedad/176117/1/jueces-reivindican-justicia-despolitizada.html

http://www.europapress.tv/sociedad/176101/1/asamblea-jueces-justicia-no-negocia.htm

http://www.europapress.tv/sociedad/176100/1/asamblea-jueces-madrid-estamos-cansados.html

http://www.europapress.tv/sociedad/176099/1/asamblea-jueces-consejo-no-nos-representa-todos.html

http://www.europapress.tv/sociedad/176096/1/asamblea-jueces-tasas-no-son-aceptables.html

http://www.europapress.tv/sociedad/176095/1/asamblea-jueces-jueces-queremos-democracia.html

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=asamblea%20de%20jueces%20europa%20press&source=web&cd=2&cad=rja&ved=0CDkQFjAB&url=http%3A%2F%2Fwww.europapress.tv%2Fsociedad%2F176099%2F1%2Fasamblea-jueces-consejo-no-nos-representa-todos.html&ei=POofUd3lEoKLhQepvICIDg&usg=AFQjCNF_VktoSNbS5SQOQivfxuLctYTDZQ&bvm=bv.42553238,d.ZG4

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=asamblea%20de%20jueces%20europa%20press&source=web&cd=3&cad=rja&ved=0CEAQFjAC&url=http%3A%2F%2Fwww.europapress.tv%2Fsociedad%2F176095%2F1%2Fasamblea-jueces-jueces-queremos-democracia.html&ei=POofUd3lEoKLhQepvICIDg&usg=AFQjCNGvH9No9WX9INvIArkbK9nUcM5zDg&bvm=bv.42553238,d.ZG4

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=asamblea%20de%20jueces%20europa%20press&source=web&cd=4&cad=rja&ved=0CEcQFjAD&url=http%3A%2F%2Fwww.europapress.es%2Fnacional%2Fnoticia-mas-300-jueces-espanoles-reunen-madrid-reivindicar-despolitizacion-justicia-20130216144725.html&ei=POofUd3lEoKLhQepvICIDg&usg=AFQjCNEgZQezjnW1wVx_Sq-z3J4mI9McWA&bvm=bv.42553238,d.ZG4

 

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=asamblea%20de%20jueces%20europa%20press&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CDIQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.europapress.tv%2Fsociedad%2F176100%2F1%2Fasamblea-jueces-madrid-estamos-cansados.html&ei=POofUd3lEoKLhQepvICIDg&usg=AFQjCNF0OLKQMthOmaVHvfDmYdfe8JxxJA&bvm=bv.42553238,d.ZG4



[1] http://www.pp.es/actualidad-noticia/programa-electoral-pp_5741.html

 

[2] http://www.boe.es/boe/dias/2013/06/29/pdfs/BOE-A-2013-7061.pdf

[3] http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l4t1.html

[4] http://pcij.es/mas/documentos-interes/ (La Politización del Consejo General del Poder Judicial, Jesús Manuel Villegas Fernández).

[5] https://www3.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial?active=1

[6] “El poder Estadounidense en el siglo XXI” (2013), Joseph S. Nye, Jr (p 26). Artículo el dossier “El declive de Occidente” del diario “La Vanguardia”.

[7] http://pcij.es/505/

[8] http://pcij.es/mas/la-plataforma-en-movimiento/

[9] G:\nuevo\2013\7.julio.2013\La oposición de Dívar impide al CGPJ pronunciarse sobre el aborto  Edición impresa  EL PAÍS.mht

[10] http://pcij.es/wp-content/uploads/2012/05/MANIFIESTO-DESPOLITIZACIÓN-Y-LA-INDEPENDENCIA-JUDICIAL2.pdf

[11] Texto publicado en la revista Tempus Octobris (http://issuu.com/jmvf),  previo permiso de su autor.

Veáse bibliografía.

[13] Retórica Forense. El arte de vencer en juicio (2009), pp 301-302, Editorial Tirant lo Blanc.

[14] Todo a mil. 33 microensayos de filosofía mundana, p. 159. Editorial Círculo del lectores.

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