Copago en Justicia

Fernando Gomá, miembro fundador de la Plataforma, escribe un polémico artículo sobre el copago de la Justicia.

 Copago en justicia, ¿sí o no?, depende 

 

En el por tantas razones agitado mes de agosto, el Consejero de Justicia de la Comunidad Valenciana Jorge Cabré hizo unas declaraciones, quizá uno de tantos globos sonda, en las que decía no descartar una tasa como medida para agilizar la Justicia. El argumento para introducirla en justicia y no por ejemplo en sanidad era que mientras que el servicio de la sanidad pública es utilizado con mucha frecuencia por el ciudadanos en general, el de justicia es habitualmente más excepcional y entiende que sus usuarios estarían dispuestos a pagar una cantidad para conseguir que sus pleitos se resolvieran de manera rápida y eficaz.  

 

            Estas declaraciones han tenido bastante repercusión y han generado muchas opiniones diferentes. Algunas irrelevantes para la reflexión, como las del ministro José Blanco, que las calificó de “broma”, o las del PSPV, que, con la brocha gorda jurídica que muchas veces tienen los partidos, pide directamente que se prohíban todas las tasas por ley. Tampoco las del presidente de la Generalitat valenciana Albert Fabra o la de Dolores de Cospedal, fueron mucho más interesantes, puesto que se limitaron a echar balones fuera. El primero no la descartó pero tampoco la apoyó, y la segunda hizo uso de la técnica universal de los políticos cuando un tema no les gusta, que es aparentar decir algo sin responder a nada: lo hay que hacer, dijo, es estudiar cómo gestionar mejor los recursos, pero no solamente en justicia, sino en sanidad, educación y en las demás esferas. Pues muy bien.

 

            Cuando se habla de copago en la justicia pasa lo que con algunos otros temas, que se discute sobre él pero no existe un consenso sobre qué significa exactamente la expresión, de manera que unos hablan de una cosa y otros de otra, con el consiguiente diálogo de sordos. El copago puede tener dos finalidades intermedias: financiar el sistema de administración de justicia y/o disuadir de una utilización abusiva por parte del ciudadano de ese sistema. Y además tiene una finalidad última, como es hacer más rápida y eficaz la Justicia en España. Esta finalidad última, mejorar la Justicia en España, es la que conecta el tema del posible copago con la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, asociación fundada en mayo de este año con 26 socios y que ahora se acerca a los 80, y en la que están representados jueces, abogados, notarios, catedráticos, estudiantes y empresarios entre otros. Cualquier idea que tenga el efecto potencial de sumar en esa dirección debe ser analizada y lo es desde la Plataforma.

 

 Concebido como un instrumento de financiación, curiosamente el copago ya existe en España, aunque limitado, con el nombre de “tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional”, aplicado únicamente a las personas jurídicas de grandes recursos.  De lo que se habla ahora es de generalizarlo a todas las personas y todos los órdenes, y lo primero que habría que determinar es de qué cantidad estaríamos hablando. Alguien ha dado la cifra de 50 o 60 euros. Hagamos unos cálculos (muy) caseros: si tenemos en cuenta que según el CGPJ, el número de asuntos en el 2010 fue de unos nueve millones, y que el presupuesto aprobado por las diversas administraciones de Justicia en ese años fue de más de cuatro mil cien millones de euros, resultaría que si a todos los asuntos les aplicáramos la tasa a 50 euros, lo que sería bastante poco probable, se llegaría a financiar únicamente el 11% del prepuesto global, lo que no parece una cifra espectacular, máxime teniendo en cuenta que, si se aplicara esa cuantía, tendría razón el Sindicato de Secretarios Judiciales o Jueces para la Democracia cuando la rechazan alegando que supondría impedir en algunos casos el acceso a la Justicia, vulnerando el principio constitucional de tutela judicial efectiva (si bien este problema se podría solucionar estableciendo excepciones en el pago). Para evitar eso en todo caso, podría pensarse en una tasa simbólica -un euro- pero la recaudación sería tan baja en relación con las necesidades globales y habría que remar contra tantas opiniones contrarias que quizá no merezca la pena en este momento.

 

           Cuestión diferente es si la tasa se establece para disuadir del mal uso del servicio, con la que yo estaría completamente a favor y también parece estarlo la Asociación Profesional de la Magistratura (que es favorable asimismo para otros casos). Los recursos de la administración de justicia son limitados, si alguien los utiliza no para defender sus legítimos intereses, sino exclusivamente para perturbar los derechos de los demás (para fastidiar, vamos), como medio de coacción (véase la llamada querella catalana), o como vía para obtener notoriedad pública aunque sepa perfectamente que su pretensión es inviable (todos conocemos querellas así, interpuestas por las más variopintas asociaciones o grupos en general), entonces no estamos hablando de algo que tenga el peligro de impedir la tutela judicial efectiva, sino de un derroche intolerable de recursos públicos que ha de ser cortado de raíz. La Justicia es como el agua: un bien escaso, y el que lo malgasta debería pagarlo, porque con su comportamiento incívico está perjudicando al resto de los que acuden a ella. Se trata de una verdadera obstrucción a la Justicia, puesto que el tiempo y los recursos humanos y materiales que se destinan a estos, diríamos, pseudo pleitos, son restados de los que merecen verdaderamente la atención del Estado. Si, como hemos dicho antes, el fin último de la tasa es hacer más eficaz y rápido el sistema, quitemos esta obstrucción y así todo fluirá algo mejor.

 

             Los indicativos de que no se está utilizando, en el buen sentido, el sistema de administración de Justicia, sino que se está abusando de él pueden ser muy variados, por ejemplo la inadmisión de querellas o demandas por ser notoriamente infundadas, o ya dentro del procedimiento, la condena en costas sería la que establecería si alguien ha litigado temerariamente, es decir, si ha abusado de los limitados recursos públicos, por lo que debería pagar  no únicamente las costas de la otra parte, sino también el coste íntegro del procedimiento (se calcula que un juicio oral puede costar alrededor de 1400 euros).  Qué duda cabe que una amenaza de este tipo resulta notablemente disuasoria, y en nada perjudica a los que realmente tienen necesidad de acudir al juez.

 

             Voy a añadir a lo dicho una idea que no he visto reflejada en ninguna de las declaraciones sobre el tema, y que me parece importante traerlo a colación al menos para su estudio. Cuando alguien acude a los juzgados en la inmensa mayoría de las ocasiones ha contratado previamente un abogado, el cual le ha asesorado, ha redactado los escritos correspondientes y se va a encargar de llevar el pleito. Pues bien, cuando alguien presenta una demanda o una querella a todas luces impropia, con el fin de perjudicar a terceros y sin que exista base jurídica para ello, la responsabilidad de mal utilizar la posibilidad de acudir a los tribunales  no es solamente de él sino también de su abogado, que como profesional del Derecho esta mucho más obligado que el ciudadano de a pie a colaborar en el buen funcionamiento del servicio público, y sabe perfectamente cuándo una demanda es impropia a todas luces. A un abogado se le debe exigir la adecuada colaboración pública en el buen uso de los instrumentos que tiene a su servicio como profesional, pero que son también del resto de la colectividad.

 

             Por tanto, la propuesta que entiendo que podría ser objeto de debate es que en caso de que según lo expuesto una persona fuera declarada responsable de malgastar las prestaciones judiciales, el coste total del procedimiento o la multa correspondiente en caso inadmisión radical de la pretensión fuera abonado en un copago, pero no entre la administración y el cliente, sino entre éste y su propio abogado. Es una medida muy sencilla de implementar, que no crearía controversia –ni siquiera, me parece entre el colectivo de abogados, también interesados en purgar los tribunales de demandas improcedentes- y que podría ser eficaz. Por supuesto, esto admite todo tipo de matices puesto que las relaciones entre abogados y clientes no son siempre las mismas –no es lo mismo una persona física que una gran compañía- pero el principio entiendo que está claro: los que más deben velar por el adecuado uso de los recursos públicos son los profesionales del ramo, y del mismo modo que a un juez, a un fiscal o a un secretario judicial le pueden inspeccionar y sancionar por retraso en el despacho de sus documentos, debería tener una sanción el abogado que colabora en el aumento de ese retraso actuando de manera notoriamente inadecuada.

 

 

3 comentarios sobre “Copago en Justicia

  1. Buenas ,¿porque ponen al ciudadnos estos articulos tan dificil de comprender,?queremos palbras sencillas que lleguen al ciudadno,sino,que el gobierno obligue a que nos enseñen las leyes,y las palbras administrativas ,perdone pero es mi opinión pòr favor,para denunciar que un juez no es un profeta ,que un juez,comete delito y por desgracia son la mayoria las que los comete y `porque digo esto? porque al ser independiente ,el otro que ve que su compañero Prevarica ,no puede decir nada ,calla,y eso es peor señors,que un juez hace la profesión pero no de vocación,es tan dificil,pedir honrades e imparcilidad’?. eso es todod de un juez,saber distinguir el bién del mal,tener psicologia ,vamos que es lo que le falta

  2. aqui lo que se trata es que entre menos denuncias la prevaricacion judicial y si es la del ABOGADO porque ya ni cuento, por favor a que juegan? ,mejor para ellos si no salen a la luz ,porque ni lo que se dicen ser democratas lo aceptan, verguenza d justicia en españa,y esta plataforma que sale ahora ,me da a entender que me equivoque con ella,si,de verguenza

  3. Perdone usted señor Fernando,pero esto de la justicia es como las religiones ,que cuando vas a preguntar al pastor que significa el versiculo este te dice los contrario ,de lo que dice en las escrituras ,ni mas ni menos

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