Quis custodiat custodios?

COORDINADOR DE PLAN PARA IMPULSAR LA INDEPENDENCIA JUDICIAL EN ESPAÑA

Comunicado de la Plataforma sobre la sorprendente concesión de la comisión de servicios a don Arcadio Díaz Tejera por el Consejo General del Poder Judicial.

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EXPOSICIÓN DE HECHOS

1.- EL Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su última reunión de 29 de Septiembre, – según informa el diario electrónico CONFILEGAL-, ha otorgado una comisión de servicios al magistrado ARCADIO DIAZ TEJERA con el encargo de que coordine el plan urgente del Consejo de Europa para reforzar la independencia e imparcialidad de los jueces en España.

2.- El plan prevé como primera medida la despolitización del (CGPj), asignando a los jueces la potestad de seleccionar a los vocales judiciales, además de evitar las indebidas influencias de los poderes ejecutivo o legislativo sobre los vocales extrajudiciales.

3.- La persona a quien el Consejo ha concedido la comisión de servicios ha dedicado buena parte de su carrera profesional a la política. En concreto, ha sido senador entre 2004 y 2008, así como desde el año 2011 hasta Enero de 2016. En el año 2002 pasó a la situación de servicios especiales para desarrollar tareas políticas en el consejo consultivo de Canarias. Con anterioridad había desempeñado diversos cargos políticos según consta en su perfil (de acceso libre en la página web del PSOE).

4.- Siendo senador socialista se ha manifestado públicamente en contra de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial orientada a devolver a los jueces la designación democrática de los vocales de origen judicial del CGPJ.

CONCLUSIÓN

  1. La Plataforma expresa sus dudas acerca de la idoneidad del candidato para el desempeño del cargo, habida cuenta de su comparativamente reducida experiencia en el ejercicio práctico de la jurisdicción y, sobre todo, de su opinión, públicamente expresada, contraria a la democratización del gobierno del poder judicial.
  2. La Plataforma espera que las anteriores dudas se disipen una vez que el CGPJ dé a conocer la motivación de la decisión de la concesión de la comisión de servicios.
  3. La Plataforma confía en que el CGPJ ofrezca una fundamentación transparente y objetiva de dicha decisión, que se atenga exclusivamente a los principios de mérito y capacidad, descartando cualquier sospecha de que obedezca a móviles ideológicos, partidistas o de cualquier otra índole espuria.

 

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