Nombramiento Presidente Audiencia Nacional

La Plataforma Cívica por la independencia judicial ha elaborado su IV informe sobre nombramientos discrecionales del Consejo, esta vez sobre la presidencia de la Audiencia Nacional.

Estas son algunas de sus conclusiones:

La convocatoria de esta plaza prescinde de dos méritos específicos exigidos en el Reglamento para la provisión de la plaza de Presidente de la Audiencia nacional. Dichos méritos son : tiempo de servicio en órganos de la Audiencia nacional y experiencia en cooperación internacional.

La rebaja de méritos favorece al candidato seleccionado que carece de tiempo de servicio en órganos de la Audiencia Nacional y de experiencia en cooperación internacional.

A pesar de que el candidato seleccionado no ha trabajado en la Audiencia Nacional, se le ha reconocido el  mérito consistente en conocimiento de los órganos jurisdiccionales de la Audiencia Nacional.

A continuación, el texto completo:

IV INFORME DEL OBSERVATORIO DE LA PLATAFORMA CÍVICA POR LA INDEPENDENCIA JUDICIAL SOBRE LOS NOMBRAMIENTOS DISCRECIONALES DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

(24-III-2015)

 

 

ESTUDIO NOMBRAMIENTO PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA NACIONAL

 

NORMATIVA

 

El Reglamento 1/ 2010 de 25 de febrero  de nombramientos discrecionales establece lo siguiente :

 

Aº 3 Principios rectores :

 

El procedimiento para la provisión de plazas garantizará, con objetividad y transparencia, la igualdad en el acceso a las mismas de quienes reúnan las condiciones y aptitudes necesarias.

En este procedimiento se seguirá estrictamente lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el presente Reglamento y en las disposiciones que sean de aplicación.

  1. Todos los acuerdos en materia de nombramientos serán suficientemente motivados.

 

 

 Artículo 9. Méritos específicos para la Presidencia de la Audiencia Nacional y de sus Salas.

Para la provisión de las Presidencias de la Audiencia Nacional y de sus Salas son méritos específicos:

a)El tiempo de servicio activo en órganos jurisdiccionales de la Audiencia Nacional, especialmente en los relacionados con el orden jurisdiccional al que corresponda la vacante.


b) El conocimiento de la situación de los órganos jurisdiccionales comprendidos en el ámbito de la Audiencia Nacional, así como la experiencia en órganos colegiados.

  1. c) En su caso, la experiencia en cooperación judicial internacional.

Aº 12 Regimen general de las convocatorias

 

  1. Las bases de la convocatoria serán aprobadas por el Pleno.

Las convocatorias y sus bases vinculan al Consejo General del Poder Judicial y a los participantes en el procedimiento selectivo. Una vez publicadas solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  1. Las convocatorias determinarán los requisitos que se estimen adecuados a la plaza anunciada, referidos a la naturaleza de las funciones atribuidas a la misma. En todo caso los méritos se formularán de forma que se procure la concurrencia de aspirantes en condiciones de igualdad.

Las convocatorias expresarán las condiciones o requisitos que deban reunir o cumplir los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

CONVOCATORIA.

 En el BOE de 14 de Febrero se anuncia la plaza convocada exigiéndose los siguientes requisitos :

 

QUINTA

 

“Para la provisión de la plaza anunciada serán objeto de ponderación el tiempo de servicio activo en la Carrera Judicial, el tiempo de servicio en órganos judiciales colegiados y las resoluciones jurisdiccionales de especial relevancia jurídica y significativa calidad técnica dictadas en el ejercicio de la función jurisdiccional. Asimismo se valorarán las aptitudes para la dirección, coordinación y gestión de medios materiales y humanos vinculados a plaza de carácter gubernativo, la participación en órganos de gobierno del Poder Judicial, en particular en órganos de gobierno de Tribunales, con referencia especial al conocimiento de la situación de los órganos jurisdiccionales comprendidos en el ámbito de la plaza anunciada. Igualmente se ponderará el programa de actuación para el desempeño de la presidencia a proveer. Como méritos complementarios a los anteriores se tendrán en cuenta el ejercicio de profesiones o actividades jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia”.

 

 Como se observa, la convocatoria no exige el cumplimiento de todos los méritos específicos que para la plaza  de Presidente de la Audiencia Nacional prevé el Reglamento. En concreto, SE ELIMINA LA EXIGENCIA  de tiempo de servicio activo en órganos jurisdiccionales de la Audiencia Nacional y de experiencia en cooperación internacional. Unicamente se solicita “conocimiento de la situación de los órganos jurisdiccionales comprendidos en el ámbito de la plaza anunciada “.

 

 Dado que según el Aº12.4 los requisitos de las convocatorias se referirán a la naturaleza de las plazas convocadas, carece de explicación que se eliminen requisitos tan importantes como  el servicio activo en la Audiencia nacional, o los conocimientos en materia de cooperación internacional conectados directamente con la naturaleza de la plaza que se pretende cubrir.

 

 Examinamos a continuación los méritos de los candidatos teniendo en cuenta tanto el Reglamento como la convocatoria.

 

Se presentan 6 candidatos

 

 

– CANDIDATO A

 

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  28 años.
Tiempo de servicio en órg. Colegiado No consta
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión No consta
Partición en órganos de gobierno PJ Decano 4 añosMiembro electo Sala de Gob 8 años

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Profesor en el Instituto de Criminología

– Profesor asociado en la Universidad de Cantabría

– Participación en foros y congresos.

 

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN 12 años J.C.I
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados Experiencia en la AN, pero no en órg. coleg
Experiencia en coorperación jud. Internac. No consta

 

 

 

 

– CANDIDATO B

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  36 años.
Tiempo de servicio en órg. Colegiado Presidente Sala TSJ 13 añosPresidente TSJ 12 años
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión Presidente Comisión Nacional de asistencia a las víctimas
Partición en órganos de gobierno PJ Decano, no consta duraciónMiembro nato Sala de Gob 25 años

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Profesor en la UNED durante 21 años y profesor-tutor en la UNED de La Rioja

– Profesor en la Escuela de Práctica Jurídica

– Ponente de cursos, autor y colaborador de diversas publicaciones

 

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN No consta
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados No consta
Experiencia en coorperación jud. Internac. No consta

 

– CANDIDATO C

 

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  25 años
Tiempo de servicio en órg. Colegiado Magistrado en AP 6 años
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión Coordinador de la REJUE
Partición en órganos de gobierno PJ Decano 4 añosMiembro electo Sala de Gob 5 años

Vocal del CGPJ 3 años

Vocal territorial CGPJ 7 años

 

 

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Ha realizado múltiples conferencias, publicaciones y trabajos nacionales e internacionales.

– Ha sido condecorado con diversas medallas y distinciones.

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN No consta
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados No consta
Experiencia en coorperación jud. Internac. Magistrado de enlace con FranciaCoordinador de la Red Europea  y de la red iberoamericana.

Pte de la com. de relaciones internacionales del CGPJ

Miembro de la com. Iberoamericana de  Ética judicial

Coordinador grupo-hispano francés de lucha antiterrorista y contra tráfico drogas.

– CANDIDATO D

 

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  30 años
Tiempo de servicio en órg. Colegiado Magistrado de AP
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión Responsable del CENDOJ
Partición en órganos de gobierno PJ Vocal del CGPJ

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Ejercicio de la abogacía durante 7 años y periodismo durante 2.

– Ha realizado varios cursos y seminarios.

– Ha sido tutor externo, profesor en la Escuela Judicial en un curso de formación a la Policía Judicial

– Tiene diversas publicaciones y ponencias.

 

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN Sala de lo Penal de la AN
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados No consta
Experiencia en coorperación jud. Internac. Miembro de la Red Europea de CGPJ,s

 

– CANDIDATO E

 

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  31 años
Tiempo de servicio en órg. Colegiado  
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión  
Partición en órganos de gobierno PJ Decano en la AN 8 años

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Es doctor en Derecho

– Profesor de Derecho

– Ha participado en múltiples seminarios internacionales.

 

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN Juzgado Central de Instrucción 28 años
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados 28 años en la AN, no consta experiencia en órganos colegiados.
Experiencia en coorperación jud. Internac. Formó parte del grupo de trabajo que aprobó la Orden Europea de detención y entrega.Miembro de la REJUE

 

– CANDIDATO F

 

Méritos exigidos en la convocatoria:

 

Méritos comunes

 

Tiempo de servicio en la carrera  23 años
Tiempo de servicio en órgano. Colegiado Presidente AP 9 añosPresidente TSJ 1 año
Aptitudes para la dirección, coordinación y gestión Grupo de trabajo para la elaboración del Lexnet
Partición en órganos de gobierno PJ Miembro Sala de Gob 10 años

 

Méritos complementarios

El ejercicio de profesiones jurídicas no jurisdiccionales de análoga relevancia.

– Profesor en la UNED durante 7 años

– Profesor en la Escuela de Práctica Jurídica

– Tutor externo.

 

Méritos específicos para  la presidencia de la Audiencia Nacional (art. 9 del Reglamento)

 

Servicio activo en órganos de la AN No consta
Conocimt órg. Jurisdicc. de AN y experiencia en órganos colegiados Experiencia en órganos colegiados pero no de la AN
Experiencia en coorperación jud. Internac. No consta

 

 

 

 

 

 

Resolución de la convocatoria: se elije al candidato F

 

Examinada la propuesta de la Comisión Permanente de 20 de marzo de 2014 para la cobertura de la Presidencia de la Audiencia Nacional, el Pleno acuerda nombrar para el cargo a, actualmente Presidente del TSJ de Canarias, por período de cinco años de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la vacante producida. Este nombramiento se fundamenta en los méritos y capacidad del candidato nombrado, con una ya dilatada trayectoria profesional de más de veinte años ejercicio jurisdiccional, a lo largo de los cuales ha acreditado una sólida formación jurídica. Ha de valorarse, de modo muy concreto, la experiencia gubernativa acreditada por el candidato, dada la naturaleza de la plaza ofertada, en la que solo se ejercen funciones gubernativas. Su condición de Presidente de Audiencia Provincial de 2005 a 2013, seguida inmediatamente por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, cargo que actualmente ostenta y, por lo tanto, el conocimiento y ejercicio de las cuestiones y competencias gubernativas propias de la presidencia de un órgano de gobierno interno del Poder Judicial, singulariza a este candidato de manera objetiva, destacando, en especial, que en el ejercicio de ambos cargos ha demostrado ser un buen gestor, y en el segundo, además, ha destacado su promoción de la mediación y las nuevas tecnologías, materias ambas de especial interés para la gestión de la Audiencia Nacional. Su conocimiento del Tribunal a cuya presidencia aspira, de su problemática y posibilidades de mejora, de su situación presente y perspectivas de futuro, se plasma a través del proyecto de actuación que consta valorado favorablemente por la Comisión Permanente tras la comparecencia celebrada al efecto. Se completa su formación y experiencia jurídica con actividades complementarias en materia docente, participación en jornadas, seminarios, mesas redondas y otras actividades conexas a los cargos judiciales desempeñados, que valorados conjuntamente de forma objetiva, fundamentan la conclusión de que el candidato resulta ser el más idóneo, de entre los seis aspirantes, para ocupar el cargo de Presidente de la Audiencia Nacional.

 

 

 

 

ANÁLISIS

 

-De los candidatos presentados se ha seleccionado al que menos tiempo de servicio en la carrera tenía  con el Nº 1917  en el escalafón y 23 años de experiencia frente a los 30 ó 36 años de otros candidatos. ( Nº594 Y 288 )

-En el Acuerdo del CGPJ se valora “muy en concreto la experiencia gubernativa del candidato seleccionado pues en la plaza ofertada sólo se ejercen funciones gubernativas” y pone el acento en que ha sido presidente de AP desde el 2005 y en el ultimo año presidente de TSJ. No obstante hay otros candidatos que también cumplen dicho mérito ya que el CANDIDATO B ha sido presidente de Sala y luego de TSJ durante un total de 25 años.  Asi mismo el candidato D ha sido Vocal del CGPJ además de magistrado de la AN de modo que su une el mérito de funciones gubernativas y  el conocimiento de la Plaza donde se va a ejercer.

-El acuerdo destaca el “conocimiento del Tribunal a cuya presidencia aspira, de su problemática y posibilidades de mejora, de su situación presente y perspectivas de futuro” y todo ello lo remite al proyecto de actuación que fue valorado favorablemente por la Comisión Permanente, sin embargo amén de  no explicar en qué consiste o qué se ha valorado de éste, no argumenta ni explica el demérito en este aspecto de otro candidato que lleva 6 años trabajando en este órgano.

-El candidato seleccionado ha desarrollado su actividad jurisdiccional y gubernativa principalmente en la Comunidad Canaria. Carece de servicio activo en la Audiencia Nacional frente a un candidato que si la tiene y reúne todos los requisitos de la convocatoria y del Reglamento. También carece de experiencia en materia de cooperación internacional, requisito no exigido en la convocatoria pero que objetivamente debe  considerarse importante en una plaza como la anunciada.

.

 

 

 

 

 

 

 

 

CONCLUSIONES

 

1.- La convocatoria de este plaza prescinde de dos méritos específicos exigidos en el Reglamento para la provisión de la plaza de Presidente de la Audiencia nacional.  Dichos méritos son : tiempo de servicio en órganos de la Audiencia nacional y experiencia en cooperación internacional.

2.- Desconocemos la razón por la que el Consejo ha decidido no exigir tiempo de servicio en la Audiencia Nacional ni experiencia en cooperación internacional a pesar de las especificidades y exigencia del puesto a cubrir.

3.- La rebaja de méritos favorece al candidato seleccionado que carece de tiempo de servicio en órganos de la Audiencia Nacional y de experiencia en cooperación internacional.

4.-A  pesar de que el candidato seleccionado no ha trabajado en la Audiencia Nacional,se le ha reconocido el  mérito consistente en conocimiento de los órganos jurisdiccionales de la Audiencia Nacional.

5.- El candidato seleccionado es el que menos tiempo de servicio en la carrera ostenta. Existen otros candidatos con mas experiencia en órganos de gobierno. Un candidato acredita tanto los méritos del reglamento como los de la Convocatoria.

6.-  Nuevamente se omiten los criterios objetivos en la selección de los candidatos y el acuerdo se justifica única y exclusivamente en la ponderación de méritos no fácilmente verificables.

7.- No se valoran los méritos de los candidatos excluidos y en particular no se valoran los méritos conectados directamente con  la naturaleza de la función a desempeñar de los que el candidato seleccionado carece.

8.- El candidato seleccionado pertenece a AFV.

 

 

 

 

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